Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 171

Fecha del Boletín 
21-07-2015

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150721-39

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE VILLANUEVA DEL PARDILLO

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

39
Nombramientos miembros Junta de Gobierno

El alcalde-presidente del Ayuntamiento de Villanueva del Pardillo ha dictado sendas resoluciones el día 18 de junio de 2015, por virtud de las cuales se resuelve:

Uno. Nombrar miembros de la Junta de Gobierno Local a los siguientes concejales:

— Doña Eva Gamoneda Candela.

— Don José María Nadal Cervera.

— Don Juan Carlos Santos Carballés

— Doña María del Mar Cáceres Gómez.

— Don Andrés Díez Galilea.

Dos. Establecer las sesiones ordinarias de la Junta de Gobierno Local, que tendrán lugar los días primer y tercer jueves de cada mes.

Tres. Delegar en la Junta de Gobierno Local el ejercicio de las siguientes competencias que le son atribuidas por disposición de la vigente legislación pero que tienen carácter delegable:

1. Todas en materia de planeamiento y gestión urbanística.

2. Todas en materia de contratación de obras, servicios y suministros, excepto contratación menor, y todas en materia de concesiones, adquisiciones y enajenaciones de bienes y derechos. Salvo la firma de los correspondientes documentos contractuales y las que han sido objeto de delegación expresa en concejal.

3. Todas en materia de personal del Ayuntamiento, salvo las que han sido objeto de delegación expresa en concejal.

4. Aprobación de proyectos de obras, de servicios y de suministros cuando sea competente para su contratación.

5. La resolución de todo tipo de solicitudes de licencias y/o autorizaciones que no hayan sido objeto de delegación expresa en algún concejal.

6. Concesión de nichos y sepulturas en el cementerio municipal.

7. Resolución de expedientes de responsabilidad patrimonial de la Administración.

8. La autorización, disposición o compromiso de gastos competencia de la Alcaldía, excepto las correspondientes a la contratación menor.

9. Resolución de recursos y reclamaciones en materia tributaria, excepto que versen sobre actos propios del procedimiento recaudatorio.

10. Concesión de aplazamientos y/o fraccionamientos de deudas y bonificaciones y exenciones en materia tributaria.

11. Devolución de ingresos indebidos.

12. Toma de razón de cesión de derechos de cobro a terceros.

13. Aprobación de padrones fiscales.

14. Aprobación del calendario del contribuyente.

15. Compensación de deudas con terceros.

16. Aprobación de liquidaciones tributarias.

17. Aprobación de datas y/o anulación de valores-recibos y liquidaciones tributarias.

18. Resolución de solicitudes de división de recibos tributarios.

19. Declaración de prescripción de derechos tributarios o de otra naturaleza.

20. Declaración de créditos incobrables por fallidos.

21. Resolución de expedientes de derivación de responsabilidad tributaria.

22. Cancelación, devolución y/o incautación de garantías constituidas a favor del Ayuntamiento.

23. Convocatorias de premios y certámenes y aprobación de bases reguladoras de desarrollo y participación.

24. Aprobación de convocatorias de ayudas económicas, de bases reguladoras y su resolución.

25. Aprobación de Reglamentos de Régimen Interior y de Normas de Funcionamiento de los diferentes servicios municipales.

26. Aprobación de convenios de colaboración y cooperación interadministrativa o análogos con otros organismos o entes públicos o privados o con particulares.

27. Solicitud de todo tipo de subvenciones y/o ayudas económicas.

Lo que se hace público para general conocimiento y dando cumplimiento a los dispuesto en el artículo 46.1 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.

En Villanueva del Pardillo, a 8 de julio de 2015.—El alcalde-presidente, Luis Alberto Sosa Gayé.

(03/20.964/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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