Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 171

Fecha del Boletín 
21-07-2015

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150721-15

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE COLMENAR VIEJO

RÉGIMEN ECONÓMICO

15
Impuesto actividades económicas

De conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 243/1995, de 17 de febrero, la matrícula provisional del impuesto sobre actividades económicas correspondiente al año 2015 de este municipio estará a disposición del público en las oficinas de la Intervención Municipal de este Ayuntamiento, durante el plazo de quince días a partir de la publicación de este anuncio.

Contra la inclusión de un sujeto pasivo en la matrícula, así como su exclusión o alteración de cualquiera de los datos a los que se refiere el apartado 2 del artículo 2 del Real Decreto 243/1995, puede interponerse, potestativamente, recurso de reposición ante la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, Delegación de Madrid, en el plazo de quince días hábiles a contar desde el día inmediato siguiente al del término del período de exposición pública de la matrícula, o reclamación económico-administrativa en el mismo plazo ante el Tribunal Económico Administrativo Regional de Madrid, sin que puedan interponerse simultáneamente ambos.

La interposición de recursos no originará la suspensión de los actos liquidatorios subsiguientes, salvo que así lo acuerde el órgano administrativo competente, de conformidad con el artículo 111 de la Ley 30/1992.

En Colmenar Viejo, a 16 de junio de 2015.—El alcalde-presidente, Miguel Ángel Santamaría Novoa.

(02/3.723/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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