Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 168

Fecha del Boletín 
17-07-2015

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150717-82

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 67

82
Procedimiento ordinario 1.491 de 2012

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento de referencia se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:

En la ciudad de Madrid, a 13 de marzo de 2015.—Vistos por la señora doña Marta Díez Pérez-Caballero, magistrada-Juez del Juzgado de primera instancia número 67 de Madrid y su partido, los presentes autos de juicio ordinario número 1.491 de 2012, seguidos a instancias de don Alejandro Toledo Maigne de Marechal, representado por el procurador don Manuel Alvarez Buylla Ballesteros, contra don Antonio Sainz Millán y la entidad “Inmobiliaria Arrando número 7, Sociedad Limitada”, en situación procesal de rebeldía.

Fallo

Que estimando la demanda interpuesta por don Alejandro Toledo Maigne de Marechal, contra don Antonio Sainz Millán y la entidad “Inmobiliaria Arrando número 7, Sociedad Limitada”, debo condenar a los citados demandados a abonar la cantidad de 15.151,08 euros, la cual devengará el interés pactado desde el 1 de septiembre de 2012 hasta su completo pago.

Se hace expresa imposición a la parte demandada de las costas causadas.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación ante este Juzgado para ante la ilustrísima Audiencia Provincial en el plazo de veinte días a partir del siguiente a la notificación.

En el caso de formularse recurso de apelación, deberá constituirse el correspondiente depósito en la cuenta de consignaciones de este Juzgado. Así por esta mi sentencia, la pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación a “Inmobiliaria Arrando Número 7, Sociedad Limitada”, expido y firmo la presente.

En Madrid, a 16 de marzo de 2015.—El secretario judicial (firmado).

(02/2.412/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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