Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 168

Fecha del Boletín 
17-07-2015

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150717-71

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE SAN FERNANDO DE HENARES

RÉGIMEN ECONÓMICO

71
Padrones fiscales 2015

La concejala-delegada de Hacienda, mediante decreto 1950/2015, de 17 de junio, ha aprobado los padrones fiscales provisionales correspondientes al ejercicio 2015 por los siguientes conceptos:

— Tasa por la prestación del servicio de recogida de basuras sólidas en locales.

— Canon aparcamiento.

— Impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza rústica.

— Impuesto sobre actividades económicas.

— Tasa por la prestación de los servicios relativos al tratamiento de los residuos sólidos urbanos.

Se pone en conocimiento de los respectivos contribuyentes obligados al pago que los mismos estarán expuestos al público en el Área de Hacienda, Departamento de Gestión e Inspección Tributaria, plaza de España, sin número, en San Fernando de Henares, durante el plazo de quince días, contando a partir del día siguiente a la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, durante el cual podrán examinarlos, pudiendo interponer recurso de reposición en el plazo de un mes contado desde la finalización del período de exposición pública, ante la concejala-delegada del Área de Hacienda, como previo al contencioso-administrativo.

Que durante los días hábiles comprendidos entre el 1 de septiembre y el 20 de noviembre, ambos inclusive, se pondrán al cobro en período voluntario los recibos del presente año, correspondientes a las exacciones antes mencionadas.

Los contribuyentes afectados por las mismas podrán realizar los pagos de sus deudas tributarias mediante la presentación del juego de impresos, en todas las sucursales de entidades bancarias, en San Fernando de Henares (incluidas las del polígono industrial), excepto el “Deutsche Bank”.

Transcurrido el indicado plazo voluntario de cobranza se iniciará el procedimiento ejecutivo de apremio administrativo, de conformidad con las disposiciones establecidas en el vigente Reglamento General de Recaudación, procediéndose al cobro de las cuotas que no hayan sido satisfechas, con los recargos y, en su caso, intereses correspondientes.

Lo que se hace público para general conocimiento.

San Fernando de Henares, a 17 de junio de 2015.—La concejala-delegada de Hacienda, Macarena Medel Llorente.

(02/3.806/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150717-71