Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 168

Fecha del Boletín 
17-07-2015

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150717-173

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE OURENSE NÚMERO 1

173
Ejecución 80 de 2015

EDICTO

Doña María Elsa Méndez Díaz, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Ourense.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución de títulos judiciales número 80 de 2015 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don José González Feijoo, contra “Monfragüe Archivo Logístico Transportes, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, sobre despido, se ha dictado auto de fecha 18 de junio de 2015, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Declarar extinguida la relación laboral que une a don José González Feijoo y la empresa “Monfragüe Archivo Logístico Transportes, Sociedad Limitada”, condenando a esta última a que le abone en concepto de indemnización la cantidad de 4.836,02 euros.

Notifíquese este auto a las partes, y adviértaseles que contra el mismo pueden interponer recurso de reposición, ante este Juzgado de lo social, en el plazo de cinco días hábiles siguientes al de notificación.

Y con la advertencia a la demandada de que, en caso de recurso, deberá presentar ante este Juzgado de lo social certificación acreditativa de haber ingresado en la “Cuenta de depósitos y consignaciones”. Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria desde una cuenta abierta en cualquier entidad bancaria distinta, habrá de ingresarlo en la cuenta IBAN ES55/0049/3569/92/0005001274 y hacer constar en el campo “Observaciones o concepto de la transferencia” los dígitos que corresponden al procedimiento (número 32230000640 65014), abierta por este Juzgado de lo social en el “Banco Santander”, oficina principal, la cantidad objeto de condena, pudiendo sustituirse la consignación en metálico por el aseguramiento mediante aval bancario en el que deberá hacerse constar la responsabilidad solidaria del avalista y, asimismo, certificación acreditativa de haber ingresado en la “Cuenta recurso de suplicación” abierta por este Juzgado de lo social en el “Banco Santander”, oficina principal, el depósito especial de 300 euros, estando exentos del mismo los trabajadores y los beneficiarios del régimen público de la Seguridad Social.

Así lo acuerda y firma el ilustrísimo magistrado-juez de lo social que lo suscribe, de lo que yo, la secretaria judicial, doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o cuando se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a la empresa “Monfragüe Archivo Logístico Transportes, Sociedad Limitada”, que se halla en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Ourense, a 22 de junio de 2015.—La secretaria judicial (firmado).

(03/19.965/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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