Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 168

Fecha del Boletín 
17-07-2015

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150717-97

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 7

97
Ejecución 104 de 2015

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Belén Gómez Rodríguez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 7 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 104 de 2015 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Abdellatif Lafreyakh, don Alberto Yago Meruelo, don Andrés Cuesta Márquez, don Ángel Astray Romo, don Aureliano Valencia Serrano, don Carlos Novo Fernia, don Carlos Ordóñez Meruelo, don Cayetano Rodríguez Santos, don Clemente Solís Galán, don David Muñoz Ruiz, don David Tejero Martín, don Diego Garduño Medina, don Enrique Herrero Montero, don Enrique Meruelo Calvo, don Fernando Álvarez González, don Fernando Espejo Azaustre, don Francisco García González, don Francisco Javier Pinel Ramírez, don Francisco José Guzmán García, don Francisco José Yago Meruelo, don Gabriel Gutiérrez de Paz, don Jesús Reimundez Conejero, don Jorge Pérez Carrera, don Jorge Roero Tarazana, don Jorge Rueda Martínez, don Jorge Emilio de León Martínez, don José Rubio Chamero, don José Francisco Cazorla Aparicio, don José Manuel Francisco Robles, don José Rodolfo Montes Moreno, don Juan José Rodríguez Valiente, don Juan José Sanza Fernández, don Juan Pedro Novillo Sánchez, don Laziz Lafreyakh, don Mariano Peña Guerrero, don Miguel Ángel Juzgado Gutiérrez, don Miguel Ángel Pérez Carrera, don Pedro Antonio Naranjo Gómez y don Rafael Pérez Carrera, frente a Servicio Oficial de Carga y Descarga del Mercado Central de Pescados de Madrid, sobre ejecución forzosa, se ha dictado la siguiente resolución:

Decreto

En Madrid, a 9 de junio de 2015.—Por todo lo cual,

Parte dispositiva:

En atención a lo expuesto, se acuerda:

a) Declarar a Servicio Oficial de Carga y Descarga del Mercado Central, en situación de insolvencia total por importe de 454.290,66 euros. Insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional.

b) Una vez firme la presente resolución:

Expídanse los correspondientes testimonios para la parte ejecutante a fin de iniciar el correspondiente expediente ante el Fondo de Garantía Salarial.

Archivar las actuaciones, previa anotación en el libro correspondiente y sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes de la ejecutada.

Notifíquese la presente resolución a las partes y al Fondo de Garantía Salarial.

Modo de impugnación: contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión en el plazo de tres días desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros; dicho depósito habrá de realizarse mediante ingreso de su importe en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado en la entidad “Banesto”, número 2505/0000/64/0104/15.

Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.

Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.—Doy fe.

Se advierte al destinatario de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a Servicio Oficial de Carga y Descarga del Mercado Central de Pescados de Madrid, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 18 de junio de 2015.—La secretaria judicial (firmado).

(03/20.002/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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