Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 167

Fecha del Boletín 
16-07-2015

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150716-149

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 36

149
Procedimiento 1.378 de 2013

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Angustias Caro Vida, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 36 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 1.378 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Jamil Nafie Qasem Abu Mohamed, doña Leticia Mozos Ramírez, don Levi Rodríguez Cruz y don Ricardo Herguido Sanz, frente a “Disco Ferraz, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, sobre despidos/ceses en general, se ha dictado la siguiente resolución:

Parte dispositiva:

Se acuerda subsanar el defecto advertido respecto de la fecha de antigüedad del actor y cuantía de la indemnización, en los siguientes términos:

Donde dice en el hecho probado primero: “con una antigüedad de fecha 11 de enero de 2012”; debe decir en el hecho probado primero: “con una antigüedad de fecha 11 de enero de 2002”.

Donde dice en el fallo: «... condenando a la empresa “Disco Ferraz, Sociedad Limitada”, a abonarles las siguientes indemnizaciones, declarando extinguida la relación laboral que unía a las partes con efectos de fecha 22 de octubre de 2013:

A don Levi Rodríguez Cruz: 2.252 euros...»

Debe decir en el fallo: «... condenando a la empresa “Disco Ferraz, Sociedad Limitada”, a abonarles las siguientes indemnizaciones, declarando extinguida la relación laboral que unía a las partes con efectos de 22 de octubre de 2013:

A don Levi Rodríguez Cruz: 18.079,90 euros...»

Incorpórese esta resolución al libro de sentencias y llévese testimonio a los autos.

Así por este su auto lo acuerda, manda y firma la ilustrísima magistrada-juez de lo social doña Patricia Valle Lorenzo.

Contra esta resolución no cabe interponer recurso alguno, sin perjuicio de los recursos que procedan, en su caso, contra la resolución a la que se refiere la aclaración, cuyos plazos comenzarán a computarse el día siguiente a la notificación de este auto.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Disco Ferraz, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 18 de junio de 2015.—La secretaria judicial (firmado).

(03/19.848/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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