Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 166

Fecha del Boletín 
15-07-2015

Sección 4.150.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150715-215

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE VIGILANCIA PENITENCIARIA DE MADRID NÚMERO 6

215
Expediente 1.819 de 2014

EDICTO

Doña Cristina Chamorro Gómez, secretaria del Juzgado de vigilancia penitenciaria número 6 de Madrid.

Doy fe y testimonio: Que en el expediente número 1.819 de 2014 se ha dictado el presente auto, que en encabezamiento y en parte dispositiva dice:

Auto

En Madrid, a 22 de agosto de 2014.

Parte dispositiva:

Se declara incumplida la pena de trabajos en beneficio de la comunidad impuesta al penado Rodelgo Martínez, Sergio, dictada por el Juzgado de lo penal número 6 de Móstoles (ejecución 275 de 2011).

Líbrese testimonio de las presentes actuaciones y remítanse con atento oficio al Juzgado de lo penal número 6 de Móstoles (ejecutoria 275 de 2011), que acordó el cumplimiento de la responsabilidad personal subsidiaria en trabajos en beneficio de la comunidad, con objeto de que por parte de dicho Tribunal se adopte la decisión más adecuada teniendo en cuenta las circunstancias que concurren en este caso.

Notifíquese esta resolución al ministerio fiscal, al penado y al Servicio de Gestión de Penas y Medidas Alternativas del CIS “Josefina Aldecoa”, haciéndoles saber que contra la presente resolución cabe interponer recurso de reforma en el término de tres días y subsidiario o separado de apelación en el plazo de cinco días, a resolver por el juez o tribunal sentenciador en los términos previstos en la disposición adicional quinta de la Ley Orgánica 6/1985 del Poder Judicial.

Así lo acuerda, manda y firma don Alberto José Ruiz Muela, magistrado-juez en sustitución del Juzgado de vigilancia penitenciaria número 6 de Madrid.—Doy fe.

(03/20.598/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.150.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150715-215