Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 165

Fecha del Boletín 
14-07-2015

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150714-143

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE ALBACETE NÚMERO 2

143
Ejecución 64 de 2015

EDICTO

Don Alejandro Manuel López Montes, secretario judicial del Juzgado de lo social número 2 de Albacete.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución de títulos judiciales número 64 de 2015 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Abdelali El Karkoub, contra la empresa “Pavimentos y Soleras Cabrero, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se han dictado resoluciones, cuyas partes dispositivas son las siguientes:

Dispongo: Despachar orden general de ejecución de la sentencia a favor de la parte ejecutante don Abdelali El Karkoub, frente a “Pavimentos y Soleras Cabrero, Sociedad Limitada”, parte ejecutada, por importe de 17.770,43 euros en concepto de principal, más otros 2.843,26 euros que se fijan provisionalmente en concepto de intereses que, en su caso, puedan devengarse durante la ejecución y las costas de esta, sin perjuicio de su posterior liquidación.

El presente auto, junto con el decreto que dictará el secretario judicial y copia de la demanda ejecutiva serán notificados simultáneamente a la parte ejecutada, tal y como dispone el artículo 553 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, quedando la ejecutada apercibida a los efectos mencionados en los razonamientos jurídicos tercero y cuarto de esta resolución, y conforme disponen los artículos 251.2 y 239.3 de la Ley de la Jurisdicción Social.

Parte dispositiva:

En orden a dar efectividad a las medidas concretas solicitadas, acuerdo: Proceder al embargo de bienes, a las medidas de localización y averiguación de los bienes de la ejecutada que procedan, conforme a lo previsto en los artículos 589 y 590 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Consultar las aplicaciones informáticas del órgano judicial para la averiguación de bienes de la ejecutada.

Proceder al embargo de las devoluciones de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria.

Proceder el embargo de las cuentas bancarias que a través de la aplicación informática que este Juzgado posee sea titular la ejecutada “Pavimentos y Soleras Cabrero, Sociedad Limitada”.

Se acuerda, asimismo, el embargo de los vehículos propiedad de la parte ejecutada que se detallan a continuación, librándose a tal efecto el correspondiente oficio al Registro de Bienes Muebles de Albacete.

Matrícula: 9954DBW, vehículo mixto adoptable, “Citroën”, C-15 1.9.

Matrícula: 9684CPF, camión “Ford”, Transit F3F.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o cuando se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Pavimentos y Soleras Cabrero, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Albacete, a 5 de junio de 2015.—El secretario judicial (firmado).

(03/19.477/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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