Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 157

Fecha del Boletín 
04-07-2015

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150704-8

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 1

8
Procedimiento ordinario 790 de 2012

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Rosario Barrio Pelegrini, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 790 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Constantina Díaz Villamayor, doña María Lucía Martín Jusdado, doña Milagros Morales Clemente, doña Diana Janet García Anduquia, don Francisco Vázquez Cabezas, doña Ligia Luminita Stoica, doña María Celinda Bonilla Bajaña, doña María del Rosario Díaz Villamayor, doña María del Rosario Díaz Villamayor y doña María Dolores Romero Coro, frente a “Esabe Limpiezas Integrales, Sociedad Limitada”, y “Linorsa, Limpiezas del Noroeste, Sociedad Anónima Unipersonal”, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Auto

En Madrid, a 27 de mayo de 2015.

Parte dispositiva:

Acuerdo: Que no procede la aclaración y rectificación pretendidas por la parte actora.

Incorpórese esta resolución al libro de sentencias y llévese testimonio a los autos.

Contra esta resolución no cabe interponer recurso alguno, sin perjuicio de los recursos que procedan, en su caso, contra la resolución a la que se refiere la aclaración, cuyos plazos comenzarán a computarse el día siguiente a la notificación de este auto.

Así por este su auto lo acuerda, manda y firma el ilustrísimo magistrado-juez de lo social don Antonio Martínez Melero.

Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Esabe Limpiezas Integrales, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 27 de mayo de 2015.—La secretaria judicial (firmado).

(03/18.634/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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