Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 156

Fecha del Boletín 
03-07-2015

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150703-105

Páginas: 3


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE SANTA MARÍA DE LA ALAMEDA

RÉGIMEN ECONÓMICO

105
Expediente contribuciones especiales

Incoado expediente por este Ayuntamiento para la imposición y ordenación de contribuciones especiales de las obras “Urbanización calles 2015”, a la vista del artículo 22.2.e) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, por el que se reconoce la competencia del Pleno para determinar los recursos propios de carácter tributario, en sesión plenaria de 25 de marzo de 2015, se acuerda:

Aprobar la imposición de contribuciones especiales para la financiación de la ejecución de la obra “Proyecto de urbanización de calles 2015“, cuyo hecho imponible está constituido por la obtención de un beneficio o aumento de valor de los bienes afectos a la realización de la obra.

Proceder a la determinación y ordenación del tributo concreto de acuerdo a lo siguiente:

— El coste previsto de la obra se fija en 232.735,52 euros y el coste para aplicar las contribuciones especiales es de 34.212,12, del cual el Ayuntamiento soporta 3.421,21 euros.

— Fijar la cantidad a repartir entre los beneficiarios en 30.790.90 euros, equivalente al 90 por 100 del coste soportado.

— Aplicar conjuntamente como módulos de reparto:

1) Metros lineales de fachada del inmueble: 25 por 100.

2) Superficie: 25 por 100.

3) Volumen edificable del inmueble: 25 por 100.

4) Valor catastral: 25 por 100.

4. Aprobar la relación de los sujetos que se ven beneficiados por la realización de la obra y establecer la cantidad que los mismos deberán abonar a esta Entidad.





Exponer y publicar acuerdo íntegro en el tablón de anuncios de la Entidad y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Durante dicho período los propietarios o titulares afectados podrán constituirse en Asociación administrativa de contribuyentes, según lo dispuesto en el artículo 36.2 del texto refundido de la Ley de las Haciendas Locales.

Transcurrido el término de exposición al público sin que se hayan presentado reclamaciones, el acuerdo provisional se elevará automáticamente a definitivo.

En Santa María de la Alameda, a 10 de junio de 2015.—La alcaldesa, María Begoña García Martín.

(02/3.747/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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