Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 154

Fecha del Boletín 
01-07-2015

Sección 3.10.20B: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150701-27

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE BOADILLA DEL MONTE

CONTRATACIÓN

27
Designación miembros mesas de contratación

Se ha adoptado por la Junta de Gobierno Local acuerdo de designación de los miembros de la Mesa de Contratación del Ayuntamiento de Boadilla del Monte, con carácter permanente para todos los expedientes de contratación en los que es competente la Junta de Gobierno Local, en virtud de la delegación de la Alcaldía-Presidencia, conforme al decreto de delegación de competencias 1977/2015, de 18 de junio, así como en virtud de la delegación efectuada por el Pleno de la Corporación, en sesión de 18 de junio de 2015.

Las Mesas de Contratación estarán compuestas en la forma siguiente:

— Presidente:

• Titular: el subdirector general de Coordinación y Gestión Municipal.

• Suplente primera: la vicesecretaria municipal.

• Suplente segundo: el secretario general municipal.

— Vocales permanentes y suplentes:

1) La vocalía de la Secretaría General se asumirá por la vicesecretaria municipal.

Para el caso de que la vicesecretaria municipal no pudiera asistir a la sesión, la vocalía que se reserva a la Secretaría Municipal será asumida de la siguiente manera:

• En primer lugar, por el secretario general municipal.

• En segundo lugar, por la técnico de Administración General del Servicio de Secretaría, previa delegación expresa motivada del funcionario habilitado.

Debiendo atenerse a este orden de sustitución cuando se ostente la presidencia en calidad de suplentes por la vicesecretaria municipal o el secretario general municipal.

2) La vocalía de la Intervención Municipal se asumirá por el viceinterventor municipal.

Para el caso de que el viceinterventor municipal no pudiera asistir a la sesión, la vocalía que se reserva a la Intervención Municipal será asumida de la siguiente manera:

• En primer lugar, por la interventora municipal.

• En segundo lugar, por el jefe de grupo de Intervención Municipal, previa delegación expresa motivada del funcionario habilitado.

3) El personal que, en su caso, se designe por el concejal correspondiente en representación de la unidad promotora del expediente, que será quien suscriba el pliego de condiciones técnicas, salvo que se disponga otra cosa.

— Secretario:

• Titular: el TAG-jefe del Servicio de Contratación.

• Suplente: el TAG del Servicio de Contratación.

El Concejal promotor del expediente podrá asistir con voz y sin voto.

Asimismo, podrá asistir con voz y sin voto un concejal de cada uno de los grupos municipales de la oposición existentes en la Corporación.

En Boadilla del Monte, a 25 de junio de 2015.—La primera teniente de alcalde, delegada del Área de Coordinación, Seguridad y Servicios Jurídicos, Susana Sánchez-Campos Guerrero.

(03/19.916/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20B: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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