Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 154

Fecha del Boletín 
01-07-2015

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150701-81

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 7

81
Ejecución 190 de 2014

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Belén Gómez Rodríguez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 7 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento ordinario número 998 de 2009, ejecución número 190 de 2014, de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Ana María Rigol Matamala, frente a “Depilaser Madrid, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado la siguiente resolución:

En atención a lo expuesto, se acuerda:

a) Declarar a “Depilaser Madrid, Sociedad Limitada”, en situación de insolvencia total por importe de 2.754,78 euros. Insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional.

b) Una vez firme la presente resolución:

Expídanse los correspondientes testimonios para la parte ejecutante a fin de iniciar el correspondiente expediente ante el Fondo de Garantía Salarial.

Archivar las actuaciones, previa anotación en el libro correspondiente y sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes de la ejecutada.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Depilaser Madrid, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 3 de junio de 2015.—La secretaria judicial (firmado).

(03/18.134/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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