Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 154

Fecha del Boletín 
01-07-2015

Sección 4.90.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150701-57

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE ALCOBENDAS NÚMERO 2

57
Procedimiento 33 de 2012

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento de incidentes número 33 de 2012, sobre otras materias, se ha dictado resolución del tenor literal siguiente:

Sentencia número 2 de 2015

En Alcobendas, a 27 de marzo de 2015.—Vistos por doña María Nieves Fresneda Bello, magistrada-juez del Juzgado de instrucción número 2 de Alcobendas (anterior mixto número 4), los presentes autos de incidente concursal sobre acción de reintegración a la masa concursal registrados con el número 33 de 2012, seguidos a instancias de la procuradora doña María Paloma Sánchez Oliva, en nombre y representación de la sindicatura de la quiebra y con la dirección legal del letrado don Antonio Nieto Bustamante, contra la Conferencia Episcopal Española y la “Editorial Católica, Sociedad Anónima”, en situación de rebeldía en el presente procedimiento.

Fallo

Que desestimando la demanda presentada por la procuradora doña María Paloma Sánchez Oliva, en nombre y representación de la sindicatura de la quiebra, contra la Conferencia Episcopal Española y la “Editoría Católica, Sociedad Anónima”, en situación de rebeldía en el presente procedimiento, debo absolver y absuelvo a estas últimas de las pretensiones contenidas contra ellas en el suplico de la demanda, con expresa condena en costas a la parte actora.

Contra esta resolución cabe interponer recurso de apelación, que deberá interponerse, ante este Juzgado, en el plazo de veinte días contados desde el siguiente a la notificación de la misma y siguiendo los trámites establecidos en los artículos 458 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Así por esta mi sentencia, de la que se deducirá testimonio para su unión a los autos, quedando el original en el legajo, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación

Leída y publicada fue la anterior sentencia por la magistrada-juez que la suscribe estando en el día de la fecha celebrando audiencia pública, con mi asistencia, el secretario, de todo lo cual, doy fe.

Y como consecuencia del ignorado paradero de posibles afectados, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

Alcobendas, a 9 de abril de 2015.—El secretario (firmado).

(02/3.755/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.90.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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