Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 153

Fecha del Boletín 
30-06-2015

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150630-158

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE SEVILLA NÚMERO 5

158
Procedimiento ordinario 1.069 de 2012

EDICTO

Doña María Amparo Atares Calavia, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 5 de Sevilla.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 1.069 de 2012, a instancias de la parte actora, don Antonio González Rodríguez, contra “Esabe Limpiezas Integrales, Sociedad Limitada”, sobre social ordinario, se ha dictado decreto de fecha 22 de noviembre de 2012 del tenor literal siguiente:

Decreto

Secretaria judicial doña María Amparo Atares Calavia.—En Sevilla, a 22 de noviembre de 2012.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación,

Parte dispositiva:

Dispongo:

Admitir la demanda presentada.

Se señala el día 6 de julio de 2015, a las diez y veinte horas, para la celebración del acto de juicio en la Sala de vistas número 10 de este Juzgado, sito en avenida de La Buhaira, número 26, primera planta, edificio “Noga”, de Sevilla.

Citar para conciliación a celebrar en la sede del Juzgado, sito en la quinta planta de este mismo edificio, a las nueve y cincuenta horas, para acreditación de las partes y de su representación procesal ante el secretario judicial, conforme lo dispuesto en el artículo 89.7 de la Ley 36/2011, de Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.

El secretario judicial no estará presente en el acto de la vista, conforme al artículo 89 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.

Citar a las partes en legal forma, con la advertencia de que de no comparecer ni alegar justa causa que motive la suspensión del acto de conciliación o juicio, podrá el secretario judicial, en el primer caso, y el juez, en el segundo, tener al actor por desistido de la demanda, y si se tratase del demandado no impedirá la celebración de los actos de conciliación y juicio, continuando este sin necesidad de declarar su rebeldía.

Respecto a la prueba solicitada, dese cuenta a su señoría para que resuelva lo procedente. Dar cuenta a su señoría del señalamiento efectuado a los efectos del artículo 182 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Tener por efectuada la manifestación de la parte actora de comparecer a juicio asistido de letrado/graduado social.

Notifíquese la presente resolución.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, a interponer ante quien dicta esta resolución en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación, con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.

Y para que sirva de notificación a la demandada de “Esabe Limpiezas Integraless, Sociedad Limitada”, actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Sevilla, a 17 de junio de 2015.—La secretaria judicial (firmado).

(03/18.914/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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