Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 147

Fecha del Boletín 
23-06-2015

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150623-75

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 57

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Juicio verbal 1.346 de 2014

EDICTO

En este Juzgado se siguen autos de procedimiento de juicio verbal (250.2) número 1.346 de 2014, entre la comunidad de propietarios de la calle San Emilio, número 6, y don Juan José Rodríguez Mercader, en cuyos autos se ha dictado la siguiente resolución:

Sentencia número 145 de 2015

En Madrid, a 26 de mayo de 2015.—Vistos por la ilustrísima señora doña María Jiménez García, magistrada-juez titular del Juzgado de primera instancia número 57 de Madrid, los presentes autos de juicio verbal que con el número 1.346 de 2014 se han sustanciado en esta sede, y en los que han sido parte: de un lado, y como demandante, la comunidad de propietarios de la calle San Emilio, número 6, de Madrid, representada por el procurador de los tribunales señor Jerez Fernández y asistida por el letrado señor Guerra Gómez, y de otro lado, y como demandado, don Juan José Rodríguez Mercader, declarado en rebeldía procesal, sobre reclamación de cantidad.

Fallo

Que estimando la demanda presentada por el procurador de los tribunales señor Jerez Fernández, en nombre y representación de la comunidad de propietarios de la calle San Emilio, número 6, de Madrid, contra don Juan José Rodríguez Mercader, debo condenar y condeno a dicho demandado a que abone a la actora la cantidad de 2.519,92 euros, así como al pago de los intereses legales devengados desde la fecha de la interposición de la demanda y al pago de las costas procesales.

Notifíquese esta resolución a las partes y dese cumplimiento en lo previsto en el número 4 del artículo 248 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, advirtiendo que contra la misma no cabe interponer recurso.

Llévese la presente resolución al libro de sentencias del Juzgado quedando testimoniada en las presentes actuaciones y tómese oportuna nota en los libros de este Juzgado.

Así por esta mi sentencia a cuya publicación en forma se procederá, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación

Leída y publicada fue la anterior sentencia en el día de la fecha por la magistrada-juez que la dictó estando celebrando en audiencia pública y presente yo, el secretario, doy fe.

Y para que sirva de notificación a don Ramiro Domínguez Cobo expido y firmo la presente en Madrid, a 26 de mayo de 2015.—El secretario judicial (firmado).

(02/3.564/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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