Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 146

Fecha del Boletín 
22-06-2015

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150622-160

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE CÓRDOBA NÚMERO 1

160
Procedimiento 40 de 2015

EDICTO

Don Manuel Miguel García Suárez, secretario judicial del Juzgado de lo social número 1 de Córdoba.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 40 de 2015, a instancias de la parte actora, don Antonio J. Ariza Alcaide, contra “Bearo Obras Reformas y Restauración, Sociedad Limitada”, “Oproler Obras y Proyectos, Sociedad Limitada Unipersonal”, y “Obralba 2013, Sociedad Limitada”, sobre despidos/ceses en general, se ha dictado resolución de fecha del tenor literal siguiente:

Providencia del magistrado-juez don Juan de Dios Camacho Ortega.—En Córdoba, a 6 de abril de 2015.

Dada cuenta; que, conforme al artículo 80 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, corresponde al actor concretar el domicilio e indentificación de la demandada y, en consecuencia, se le conceden cuatro días para que aporte la información del Registro Mercantil y el CIF de la empresa, con apercibimiento de archivo de las actuaciones en caso contrario.

Se acuerda la suspensión del señalamiento que estaba previsto y se señala nuevamente para la conciliación y juicio oral el día 1 de julio de 2015, a las once y cincuenta horas.

Lo manda y firma su señoría. Ante mí.—Doy fe.

Y para que sirva de notificación a la demandada “Bearo Obras Reformas y Restauración, Sociedad Limitada”, actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Córdoba, a 4 de junio de 2015.—El secretario judicial (firmado).

(03/17.944/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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