Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 142

Fecha del Boletín 
17-06-2015

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150617-163

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 37

163
Procedimiento 1.156 de 2012

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Teresa Estrada Barranco, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 37 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 1.156 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Ángel Benítez Molina, frente a “Electroclima Madrid, Sociedad Limitada”, y “Termocontrol 24 Grados, Sociedad Limitada”, sobre despidos/ceses en general, se ha dictado la siguiente resolución:

Fallo

Estimando en parte la demanda de despido a instancias de don Ángel Benítez Molina, frente a “Electroclima Madrid, Sociedad Limitada”, y “Termocontrol 24 Grados, Sociedad Limitada”, debo declarar y declaro improcedente el despido del actor producido el día 1 de octubre de 2012, condenando a la empresa demandada “Electroclima Madrid, Sociedad Limitada”, a optar entre readmitir al actor en su puesto de trabajo o bien indemnizarle con la cantidad de 10.062,00 euros, sin que proceda el abono de salarios de tramitación, para el caso de que la opción sea por indemnización. Advirtiendo a la empresa que la opción deberá realizarse en el plazo de cinco días hábiles desde la notificación de la sentencia, sin esperar a su firmeza, por escrito o por comparecencia ante el Juzgado. Y que de no optar en tiempo y forma se entenderá que procede la readmisión.

Incorpórese esta resolución al libro de sentencias y llévese testimonio a los autos.

Contra esta resolución no cabe interponer recurso alguno.

Así por este su auto lo acuerda, manda y firma la ilustrísima magistrada-juez sustituta de lo social doña María Romero-Valdespino Jiménez.

Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Electroclima Madrid, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 18 de mayo de 2015.—La secretaria judicial (firmado).

(03/15.657/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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