Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 141

Fecha del Boletín 
16-06-2015

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150616-102

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MAJADAHONDA NÚMERO 5

102
Procedimiento ordinario 544 de 2012

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento ordinario número 544 de 2012, sobre otras materias, se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y parte dispositiva son del tenor literal siguiente:

Sentencia número 106 de 2013

En Majadahonda, a 24 de julio de 2013.—Vistos por don Sergio Burguillo Pozo, magistrado-juez del Juzgado de primera instancia número 5 de Majadahonda y de su partido, los presentes autos de juicio ordinario, seguidos ante este Juzgado bajo el número 544 de 2012, promovidos a instancias de “Vodafone España, Sociedad Anónima Unipersonal”, representada por la procuradora de los tribunales señora de Gracia López-Orcera y bajo la dirección de letrado, contra “Sprint Tecnologies, Sociedad Limitada”, declarada en situación de rebeldía procesal, versando sobre reclamación de cantidad. Habiendo recaído la presente con base en lo siguiente:

Fallo

Estimo sustancialmente la demanda interpuesta por la procuradora señora De Gracia López Orcera, en nombre y representación de “Vodafone España, Sociedad Anónima Unipersonal”, frente a “Sprint Tecnologies, Sociedad Limitada”, declarada en situación de rebeldía procesal, y en consecuencia, condeno a “Sprint Tecnologies, Sociedad Limitada”, a abonar a “Vodafone España, Sociedad Anónima Unipersonal”, la suma de 211.139,67 euros, así como los intereses legales desde la fecha de interposición de demanda (23 de julio de 2012) de mora procesal del artículo 576 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Todo ello con expresa condena en las costas de la demanda a “Sprint Tecnologies, Sociedad Limitada”.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que no es firme y que contra la misma cabe recurso de apelación para ante la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid, de acuerdo con los artículos 457 y siguientes de la Ley 1/2000, de 7 de enero.

Llévese el original al libro de sentencias.

Por esta mi sentencia, de la que se expedirá testimonio para incorporarlo a las actuaciones, lo pronuncio, mando y firmo.

Y como consecuencia del ignorado paradero de “Sprint Tecnologies, Sociedad Limitada”, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

En Majadahonda, a 6 de mayo de 2015.—La secretaria judicial (firmado).

(02/3.489/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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