Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 136

Fecha del Boletín 
10-06-2015

Sección 3.10.20G: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150610-56

Páginas: 3


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE GETAFE

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

56
Cese

Por el alcalde de este Ayuntamiento se ha dictado el siguiente:

Decreto.—En Getafe, a 21 de mayo de 2015.

Con fecha 17 de julio de 2013, se dictó decreto de estructura y organización de las delegaciones, expresivo de las unidades administrativas y centros dependientes y las atribuciones concretas de cada uno de los concejales-delegados, dicho decreto ha sido modificado por decretos de 3 de septiembre de 2013, de 8 de abril, 22 y 29 de diciembre de 2014.

En uso de las facultades que me están conferidas por el artículo 124.4.e) y k) y 124.5 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y en el artículo 4 y capítulo 1 del título II del Reglamento Orgánico de Gobierno y Administración del Ayuntamiento de Getafe, dispongo:

Primero.—Cesar a don Manuel Ortiz Lázaro, como concejal adjunto de Presidencia, Sanidad, Consumo, Hostelería, Juventud, Coordinación de Barrios y Participación Ciudadana.

Segundo.—Cesar a don José Luis Casarrubios Rey, como concejal adjunto de Seguridad, Protección Civil, Movilidad y Transportes.

Tercero.—En la Delegación de Hacienda, Comercio, Industria y Régimen Interior suprimir los:

— Exponendo A: Delegación Adjunta de Presidencia, Sanidad, Consumo, Hostelería, Juventud, Coordinación de Barrios y Participación Ciudadana.

— Exponendo B: Delegación Adjunta de Seguridad, Protección Civil, Movilidad y Transportes.

Cuarto.—Rectificar el error material del decreto de 17 de julio de 2013, en el sentido suprimir en la Delegación de Hacienda, Comercio, Industria y Régimen Interior, el exponendo C “Delegación Adjunta de Personal”, ya que dicha Concejalía pasa a numerarse como:

VI. Delegación de Personal.

Quinto.—Conferir la Delegación de Empleo, Desarrollo Económico, Nuevas Tecnologías, Obras de Edificación, Mayor, Coordinación del Gobierno, Presidencia, Sanidad, Consumo, Hostelería, Juventud, Coordinación de Barrios, Participación Ciudadana, Seguridad, Protección Civil, Movilidad y Transportes, a don Antonio José Mesa Garrido, que comprende los órganos y las unidades administrativas y departamentos siguientes: centros de formación: el sito en la calle Díaz y Barcala, Pedro Patiño, Prado Acedinos y Cerro Buenavista, Informática y Nuevas Tecnologías, Proyectos de Obras de Edificación y Espacios Públicos, a la que se adscribe el Organismo Autónomo Agencia Local de Empleo y Formación, Secretaría General del Pleno, Oficina de la Junta de Gobierno, Asesoría Jurídica, Centro Municipal de Salud, Centro de Atención Integral al Drogodependiente, Laboratorio Municipal, Consumo, Hostelería, Mayor, Juventud, Coordinación de Barrios, Participación Ciudadana, Policía Local, Tráfico, Protección Civil, Movilidad y Transporte, delegándose en la misma las siguientes facultades:

1. Fijar y hacer cumplir las directrices generales de la Delegación.

2. Coordinar todas las actuaciones de la Delegación con facultad de dictar instrucciones y circulares para regular el ámbito de su actividad.

3. Resolver los conflictos de atribuciones que pudieran surgir entre los Servicios y Unidades Administrativas contenidos en su Delegación.

4. Velar por el cumplimiento de los compromisos asumidos por el Ayuntamiento en virtud de convenios.

5. Planificación y gestión de planes de actividades formativas dirigidas a demandantes de empleo.

6. Fomentar, promover y gestionar el turismo.

7. Desarrollo de Nuevas Tecnologías.

8. Desarrollar la Administración Electrónica.

9. Promover las actuaciones necesarias para la optimización de servicios y recursos del Ayuntamiento.

10. La representación del Ayuntamiento en las recepciones de las obras de edificación.

11. Otorgar el visto bueno de las certificaciones de las obras de edificación.

12. Desarrollo y gestión del Plan Integral del Mayor.

13. Las decisiones que en materia electoral atribuye la Ley Orgánica 5/1995, de 19 de junio, de Régimen Electoral General a los Ayuntamientos.

14. Desarrollo, gestión y seguimiento del Plan Local de Prevención de las Drogodependencias.

15. Coordinación entre el Ayuntamiento y la Administración Sanitaria.

16. La gestión, supervisión y control de cementerio y tanatorio.

17. Tramitación de expedientes sancionadores por infracciones en materia de consumo.

18. Planificación y gestión de las políticas y planes de hostelería.

19. Gestión y control de la venta ambulante.

20. Dirigir la política municipal en materia de juventud analizando y canalizando sus necesidades y peticiones.

21. Planificar, coordinar y gestionar todas las actividades para jóvenes que se promuevan en el Ayuntamiento.

22. Fomentar y canalizar el asociacionismo juvenil.

23. Informar y asesorar a los jóvenes a través del Servicio de Información y Asesoramiento Juvenil.

24. Desarrollar y gestionar el Plan Local de Juventud.

25. Gestionar las distintas instalaciones juveniles.

26. Dirección, gestión y coordinación de los Centros Cívicos: “La Alhóndiga”, “Juan de la Cierva”, “Cerro Buenavista”, “Perales del Río”, “San Isidro”, “El Bercial”, “Getafe Norte” y “Las Margaritas”.

27. Llevar a cabo la coordinación de los Consejos de Barrio: “Centro-San Isidro”, “Juan de la Cierva”, “Las Margaritas”, “La Alhóndiga”, “El Bercial”, “Perales del Río”, Sector III y “Getafe Norte”.

28. Coordinación y relaciones con la Fundación Kaleidos Red.

29. Tramitación de peticiones de información formuladas por los concejales en el ejercicio de las funciones de control y fiscalización de los órganos de gobierno.

30. Presidencia de la Junta Local de Seguridad y de la Junta Local de Protección Civil.

31. La concesión de tarjetas de armas de categoría 4.

32. Las facultades sancionadoras conferidas al alcalde por la Ley Orgánica 1/1992, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana.

33. La potestad sancionadora en materia de tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial, incluyendo la devolución de los ingresos correspondientes a sanciones cuya anulación resuelva y demás obligaciones accesorias a dicha anulación.

34. Dirigir y regular las actuaciones de ordenación del tráfico a realizar por los efectivos de la Policía Municipal.

35. La concesión de autorizaciones excepcionales en materia de tráfico.

36. Fijar los criterios con arreglo a los cuales se desarrollará la acción permanente municipal en materia de Protección Civil.

37. Relaciones con el Consorcio Regional de Transportes.

38. Gestión y seguimiento del Plan de Movilidad.

39. El reconocimiento de las obligaciones derivadas las autorizaciones y compromisos de gasto que le hayan sido delegadas.

40. Concesión de la tarjeta de estacionamiento de las reservas de plazas y ejercicio de la potestad sancionadora en materia de estacionamiento de vehículos para personas con movilidad reducida.

41. Tramitar expedientes de subvenciones en su ámbito competencial.

42. Otorgar el visto bueno de las certificaciones que se expidan por las unidades y departamentos que comprende la delegación.

Sexto.—Cesar a don Manuel Ortiz Lázaro, como secretario de la Junta de Gobierno, y nombrar a don Antonio José Mesa Garrido, como secretario de la Junta de Gobierno.

El presente decreto surtirá efectos desde el día de la fecha, dándose cuenta al Ayuntamiento Pleno en la primera sesión que este celebre, debiéndose publicar en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el boletín municipal.

Lo manda y firma el alcalde en el lugar y fecha anteriormente indicados, de todo lo cual, como el secretario general del Pleno en funciones de jefe de la Oficina de la Junta de Gobierno, doy fe.

Lo que comunico a los efectos oportunos.

Getafe, a 21 de mayo de 2015.—El jefe de la Oficina de la Junta de Gobierno, Jesús Molina de la Torre.

(03/16.412/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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