Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 135

Fecha del Boletín 
09-06-2015

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150609-103

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 75

103
Procedimiento 973 de 2014

EDICTO

Doña María Jesús Carasusan Albizu, secretaria judicial del Juzgado de primera instancia número 75 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de medidas provisionales previas tramitado en este Juzgado con el número 973 de 2014, a instancias de doña Sonia Prieto Monteagudo, representada por el procurador don Rafael Silva López, contra don Óscar Nkot Nkot, declarado en situación de rebeldía procesal y en ignorado paradero, se ha dictado auto de fecha 2 de marzo de 2015, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

Parte dispositiva:

Que debo decretar y decreto las siguientes medidas:

La separación provisional de los cónyuges don Óscar Nkot Nkot, y doña Sonia Prieto Monteagudo, con los siguientes efectos:

1.o Los cónyuges podrán vivir separados, cesando la presunción de convivencia conyugal y quedando revocados los consentimientos y poderes que cualquiera de los cónyuges hubiera otorgado al otro.

2.o Otorgar a la madre, doña Sonia Prieto Monteagudo, la guarda y custodia del hijo menor de edad, Xoel, siendo la patria potestad compartida.

3.o Otorgar al hijo y a la señora Prieto, el uso de la vivienda familiar sita en la calle Salud, número 17, cuarto D, de Madrid.

4.o Don Óscar Nkot Nkot, deberá abonar en concepto de pensión de alimentos para el hijo la cantidad de 600 euros mensuales, los cuales deberá abonar en la cuenta que la madre designe en los cinco primeros días de cada mes, incrementándose dicha cantidad anualmente con arreglo al índice de precios al consumo fijado por el Instituto Nacional de Estadística u organismo que le sustituya.

Abonará el 50 por 100 de los gastos extraordinarios del menor, previo acuerdo entre las partes o en su defecto mediante autorización judicial, salvo los urgentes.

5. Se prohíbe la salida de territorio nacional del menor, Xoel Nkot Prieto, nacido el día 5 de diciembre de 2008, hijo de don Óscar Nkot Nkot y doña Sonia Prieto Monteagudo, salvo consentimiento expreso y por escrito de ambos progenitores o autorización judicial.

Se acuerda la prohibición de expedir pasaporte al menor.

Líbrense los oficios oportunos a las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado, para la efectividad de las medidas acordadas.

No se hace pronunciamiento sobre condena en costas.

Las medidas solo subsistirán si en el plazo de treinta días, a contar desde la presente resolución, se interpone la correspondiente demanda de separación.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma no cabe recurso alguno.

Así por este auto lo dispone, manda y firma doña María Alicia Risueño Arcas, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 75 de Madrid.—Doy fe.

Y para que sirva de notificación en forma al demandado rebelde y en paradero desconocido don Óscar Nkot Nkot, mediante su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido el presente en Madrid, a 2 de marzo de 2015.—La secretaria (firmado).

(02/1.592/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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