Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 135

Fecha del Boletín 
09-06-2015

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150609-58

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ALCOBENDAS

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

58
Ordenanza proyecto y obras de urbanización

El Pleno del Ayuntamiento de Alcobendas, en su sesión ordinaria celebrada el 28 de abril de 2015, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:

La Junta de Gobierno Local aprobó el 10 de marzo de 2015 el proyecto de ordenanza de proyecto y obras de urbanización elaborado por los servicios técnicos municipales, en la que se contemplan con detalle todos los aspectos relativos al proyecto, ejecución material, mantenimiento y recepción de obras y servicios de urbanización, desarrollando así la previsión normativa del artículo 32 de la Ley 9/2001, del Suelo de la Comunidad de Madrid. Pues bien, una vez finalizado el 10 de abril de 2015 el plazo de presentación de enmiendas por los grupos políticos sin que se haya formulado ninguna alegación, es por lo que este Pleno municipal, visto el texto del proyecto aprobado por la Junta de Gobierno Local, así como los informes jurídicos que obran en el expediente y en ejercicio de la competencia prevista en el artículo 123.1.d) de la Ley 7/1985, de Bases del Régimen Local, acuerda:

1. Aprobar inicialmente la ordenanza de proyecto y obras de urbanización, elaborada por los servicios técnicos municipales, cuyo objeto es el relativo a la definición en detalle del proyecto, ejecución material, mantenimiento y recepción de obras y servicios de urbanización, en los términos del artículo 32 de la ley madrileña anteriormente citada.

2. Someter el expediente a información pública durante un plazo de treinta días para la formulación, en su caso, de reclamaciones y sugerencias; exposición al público mediante anuncios a insertar en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en un diario de los de mayor circulación de la provincia, así como mediante la publicación por los medios telemáticos a la que se refiere el artículo 70 ter de la Ley 7/1985 citada.

Cuantas personas se consideren interesadas podrán examinar dicho expediente en las mañanas de los días hábiles durante el plazo de treinta días, a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en el Departamento de Urbanismo (segunda planta), como, asimismo, formular por escrito, que habrá de presentarse en el Registro General de la Corporación, cuantas reclamaciones y sugerencias estimen pertinentes a sus derechos.

Alcobendas, a 19 de mayo de 2015.—El alcalde-presidente, Ignacio García de Vinuesa Gardoqui.

(03/16.437/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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