Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 132

Fecha del Boletín 
05-06-2015

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150605-119

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE CASTELLÓN NÚMERO 4

119
Ejecución 48 de 2014

EDICTO

Doña María del Carmen Esteban Esteban, secretaria del Juzgado de lo social número 4 de Castellón.

Hago saber: Que en este Juzgado se siguen autos número 48 de 2014, a instancias de don Salvador Marza Marmaneu, don Ignacio José Oliver Gómez, don David Tenas Clemente y don Rafael Marza Marmaneu, contra “Valadares España, Sociedad Anónima”, en los que el día 5 de mayo de 2015 se ha dictado el decreto de insolvencia número 221 de 2015, cuya parte dispositiva dice lo siguiente:

Acuerdo:

a) Declarar a la ejecutada “Valadares España, Sociedad Anónima”, en situación de insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional por importe de 290.141,65 euros.

b) Archivar las actuaciones, previa anotación en el libro correspondiente y sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes de la ejecutada.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Modo de impugnación: contra la presente resolución cabe recurso directo de revisión que deberá interponerse en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación, con expresión de la infracción cometida en la misma a juicio del recurrente (artículo 188 de la Ley de la Jurisdicción Social).

Información sobre el depósito para recurrir: De conformidad con la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial, para que sea admitido a trámite el recurso de revisión contra esta resolución deberá constituir un depósito de 25 euros, que le será devuelto solo en el caso de que el recurso sea estimado.

El depósito deberá constituirlo ingresando la citada cantidad en el “Banco Santander”, cuenta número 4160/0000/64/0048/14, indicando en el campo “Concepto” el código “31 Social-Revisión resoluciones secretario judicial” y la fecha de la resolución recurrida con el formado dd/mm/aaaa.

En el caso de realizar el ingreso mediante transferencia bancaria, se dirigirá a la cuenta número IBAN ES55/0049/3569/92/0005001274, indicando en el campo “Concepto” el número de cuenta y el código que se expresa en el párrafo anterior.

En ningún caso se admitirá una consignación por importe diferente al indicado. En el caso de que deba realizar otros pagos en la misma cuenta, deberá verificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase.

Están exceptuados de la obligación de constituir el depósito quienes tengan reconocido el derecho a litigar gratuitamente, los trabajadores y los beneficiarios del régimen público de la Seguridad Social, el ministerio fiscal, Estado, Comunidades Autónomas, Entidades Locales y organismos autónomos dependientes de los tres anteriores.

Así lo acuerda y firma la secretaria judicial doña María del Carmen Esteban Esteban.

Y para que conste y sirva de notificación a “Valadares España, Sociedad Anónima”, que se encuentra en ignorado paradero, así como para su inserción en el tablón de anuncios y publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, haciendo saber de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución en el tablón de anuncios de la oficina judicial, conforme lo establecido en el artículo 59.2 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, expido el presente en Castellón, a 5 de mayo de 2015.—La secretaria (firmado).

(03/15.683/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150605-119