Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 130

Fecha del Boletín 
03-06-2015

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150603-90

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 90

90
Procedimiento ordinario 629 de 2013

EDICTO

En este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario número 629 de 2013, entre “Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, Sociedad Anónima”, don Jorge Alberto Tigasi Quindigalle y don Jaime Rodrigo Vega Pallo, en reclamación de cantidad, en cuyos autos se ha dictado resolución, cuyo encabezamiento y fallo son del siguiente tenor literal:

Sentencia número 15 de 2015

En Madrid, a 29 de enero de 2015.—Doña Gemma Susana Fernández Díaz, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 90 de Madrid, ha visto los presentes autos de juicio ordinario seguidos en este Juzgado bajo el número 629 de 2013, entre la parte demandante, “Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, Sociedad Anónima”, representada por el procurador señor García Guillén y asistida por la letrada señora García Guillén, y los demandados, don Jaime Rodrigo Vega Pallo y don Jorge Alberto Tigasi Quindigalle, en situación procesal de rebeldía, sobre reclamación de cantidad,

Fallo

Que estimando como estimo la demanda interpuesta por “Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, Sociedad Anónima”, representada por el procurador señor García Guillén, contra don Jaime Rodrigo Vega Pallo y don Jorge Alberto Tigasi Quindigalle, en situación procesal de rebeldía, debo condenar y condeno a los citados demandados a pagar solidariamente a la parte demandante la cantidad de 15.273,69 euros, más intereses legales desde la fecha de interposición de la demanda y hasta el completo pago, con el incremento previsto legalmente a partir de la fecha de esta resolución, y costas.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que no es firme y que contra la misma cabe recurso de apelación que habrá de interponerse en este Juzgado en un plazo de veinte días hábiles contados a partir del siguiente a su notificación para ante la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid, previo depósito de la cantidad de 50 euros en la forma prevista legalmente y pago de la tasa correspondiente, si el acto procesal la devengara, bajo apercibimiento de inadmisión.

Así por esta mi sentencia, de la que se llevará testimonio a los autos quedando el original en el libro de sentencias, juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación

Leída y publicada ha sido la anterior sentencia por la fecha.—Doy fe.

Y para que sirva de notificación a don Jorge Alberto Tigasi Quindigalle y don Jaime Rodrigo Vega Pallo expido y firmo la presente en Madrid, a 29 de enero de 2015.—El secretario judicial (firmado).

(02/3.239/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150603-90