Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 130

Fecha del Boletín 
03-06-2015

Sección 4.50.1.4: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150603-81

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

81
Procedimiento 18 de 2015

SALA DE LO SOCIAL

Sección Sexta

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Asunción Oliet Palá, secretaria judicial del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (Sección Segunda de la Sala de lo social).

Hago saber: Que en el procedimiento número 18 de 2015 de esta Sección de lo social, seguido a instancias de Tesorería General de la Seguridad Social e Instituto Nacional de la Seguridad Social, frente a “Asepeyo, Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social número 151”, Fondo de Garantía Salarial, “Talleres Hom”, y doña Nicolasa Gavilán Fernández, sobre recurso de suplicación, se ha dictado la siguiente resolución:

Fallamos

Que desestimamos el recurso de suplicación interpuesto por el Instituto Nacional de la Seguridad Social y la Tesorería General de la Seguridad Social contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo social número 19 de esta ciudad de fecha 25 de julio de 2014, en sus autos número 946 de 2013, y en consecuencia, debemos confirmar la sentencia de instancia.

Sin costas.

Dese a los depósitos y consignaciones efectuados para recurrir el destino legalmente establecido.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de esta Sección, salvo las que revistan la forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Talleres Hom”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 6 de mayo de 2015.—La secretaria judicial (firmado).

(03/15.166/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.50.1.4: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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