Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 129

Fecha del Boletín 
02-06-2015

Sección 4.50.1.4: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150602-72

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

72
Procedimiento 813 de 2014

SALA DE LO SOCIAL

Sección Sexta

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN Y EMPLAZAMIENTO

Doña Encarnación Egido Trillo-Figueroa, secretaria judicial del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (Sección Sexta de la Sala de lo social).

Hago saber: Que en el recurso de casación para la unificación de doctrina número 43 de 2015-AB, dimanante del recurso de suplicación número 813 de 2014, seguido a instancias de doña María Isabel Cardoso Moreira Rosas, frente a “Cocalim, Sociedad Limitada”, sobre extinción de contrato de trabajo, se ha dictado la siguiente resolución:

Diligencia de ordenación de la secretaria judicial, doña Encarnación Egido Trillo-Figueroa.—En Madrid, a 6 de mayo de 2015.

El letrado don Francisco Javier Ramos Mérida, en nombre y representación de doña María Isabel Cardoso Moreira Rosas, ha presentado escrito de interposición de recurso de casación para la unificación de doctrina en tiempo y forma.

Acuerdo: Tener por interpuesto en tiempo y forma el recurso de casación para la unificación de doctrina y emplazar a las demás partes para su personación por escrito mediante letrado, ante la Sala Cuarta de lo social del Tribunal Supremo, dentro del plazo de los diez días siguientes contados a partir de la notificación de la presente resolución, entendiéndose personada de derecho a la parte recurrente con la remisión de los presentes autos.

Advertir a las partes que deberán acreditar su representación, de no constar previamente en las actuaciones, y designar un domicilio en la sede de la Sala de lo social del Tribunal Supremo a efectos de notificaciones con todos los datos necesarios para su práctica con los efectos del apartado 2 del artículo 53 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social. Estando acreditado que la mercantil demandada “Cocalim, Sociedad Limitada”, se encuentra en ignorado paradero, llévese a efecto el emplazamiento acordado en la presente resolución, mediante la publicación de edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, al que se oficiará al efecto.

Notifíquese a las partes.

Modo de impugnación: contra la presente resolución cabe interponer recurso de reposición ante la secretaria judicial, no obstante lo cual se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de cinco días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículos 186 y 187 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social).

Lo acuerdo y firmo.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de esta Sección, salvo las que revistan la forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación y emplazamiento en legal forma a la mercantil “Cocalim, Sociedad Limitada Unipersonal”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, 6 de mayo de 2015.—La secretaria judicial (firmado).

(03/15.022/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.50.1.4: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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