Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 125

Fecha del Boletín 
28-05-2015

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150528-227

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 39

227
Ejecución 56 de 2015

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Leonor González Mosqueira, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 39 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 56 de 2015 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Pedro Perianes Benítez-Cano y don Raúl Moreno Sánchez, frente a “Mafosa Instaladores, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado la siguiente resolución:

Parte dispositiva:

Se declara extinguida la relación laboral que unía a don Raúl Moreno Sánchez y don Pedro Perianes Benítez-Cano con la empresa “Mafosa Instaladores, Sociedad Limitada”, condenando a esta a que abone a don Raúl Moreno Sánchez la cantidad de 3.056,24 euros y a don Pedro Perianes Benítez-Cano la cantidad de 3.056,24 euros en concepto de indemnización, y la cantidad de 15.317,44 euros a don Raúl Moreno Sánchez y 23.918,40 euros a don Pedro Perianes Benítez-Cano en concepto de salarios devengados desde el despido hasta la presente resolución.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Mafosa Instaladores, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 20 de abril de 2015.—La secretaria judicial (firmado).

(03/14.247/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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