Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 124

Fecha del Boletín 
27-05-2015

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150527-88

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE COLMENAR VIEJO NÚMERO 6

88
Procedimiento 58 de 2014-M

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento de relaciones paterno-filiales número 58 de 2014-M, sobre pieza familia incidentes, se ha dictado resolución del tenor literal siguiente:

Sentencia

En Colmenar Viejo, a 9 de abril de 2015.—Vistos por mí, doña Raquel Sánchez Escobar, magistrada-juez de primera instancia del número 6 de los de esta localidad, los presentes autos bajo el número 58 de 2014, sobre guarda, custodia y alimentos de hijos menores, a instancias de doña Zulema Arredondo Aguilera, representada por la procuradora señora Moreno San Román, contra don Miguel Posiavo Rodríguez, en situación legal de rebeldía.

Fallo

Que estimando la demanda formulada por doña Zulema Arredondo Aguilera, representada por la procuradora señora Moreno San Román, contra don Miguel Posiavo Rodríguez, debo acordar y acuerdo lo siguiente:

1. Atribución de la guarda y custodia de la hija menor a la madre, patria potestad compartida.

2. Se establece como pensión de alimentos a favor de los hijos y hasta que alcancen la independencia económica la cantidad de 150 euros mensuales para cada uno de ellos (300 euros). Cantidad que será actualizada anualmente con efectos de 1 de enero de cada año según índice que establezca el Instituto Nacional de Estadística u organismo que lo sustituya y que deberá ingresar en la cuenta designada por la actora.

Cada progenitor abonará el 50 por 100 de los gastos extraordinarios.

No se hace expreso pronunciamiento en costas.

Contra esta sentencia cabe interponer recurso de apelación en el término de cinco días ante la ilustrísima Audiencia Provincial.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Y como consecuencia del ignorado paradero de don Miguel Posiavo Rodríguez, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación, mediante su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Colmenar Viejo, a 10 de abril de 2015.—El secretario (firmado).

(03/14.187/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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