Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 124

Fecha del Boletín 
27-05-2015

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150527-87

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE COLMENAR VIEJO NÚMERO 3

87
Procedimiento ordinario 748 de 2013

EDICTO

En el presente procedimiento ordinario número 748 de 2013 seguido a instancias de doña Rosa María Sánchez Serrano y don Luis Alberto Panes Corbelle, frente a “Fercomsa Inversiones Inmobiliarias, Sociedad Limitada”, se ha dictado sentencia, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

Sentencia número 6 de 2015

En Colmenar Viejo, a 12 de enero de 2015.—Vistos por mí, doña Alicia Barba de la Torre, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia e instrucción número 3 de Colmenar Viejo, los presentes autos del juicio número 748 de 2013 seguidos ante este Juzgado, a instancias del procurador don José Vicente Largo López, en nombre y representación de don Luis Alberto Panes Corbelle y doña Rosa María Sánchez Serrano, contra la entidad “Fercomsa Inversiones Inmobiliarias, Sociedad Limitada”, en rebeldía.

Fallo

Que estimando en su integridad la demanda interpuesta por el procurador don José Vicente Largo López, en nombre y representación de don Luis Alberto Panes Corbelle y doña Rosa María Sánchez Serrano, debo condenar y condeno a la entidad “Fercomsa Inversiones Inmobiliarias, Sociedad Limitada”, a pagar a los actores 16.078,15 euros, más el interés legal desde la interposición de la demanda y las costas causadas.

Asimismo, la entidad demandada deberá permitir el paso a través del solar, sito en la travesía El Tejar, número 1, de Recas (Toledo), de su propiedad, a fin de realizar las obras de reparación que sean necesarias para la reparación de los daños causados en la vivienda propiedad de los actores.

Notifíquese la presente resolución a las partes, con indicación de que contra la misma y de acuerdo con lo previsto en el artículo 455 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial a interponer, ante este Juzgado, en el plazo de veinte días desde la notificación del mismo.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Y encontrándose dicho demandada “Fercomsa Inversiones Inmobiliarias, Sociedad Limitada”, en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma a la misma.

Colmenar Viejo, a 2 de marzo de 2015.—La secretaria judicial (firmado).

(02/3.065/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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