Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 122

Fecha del Boletín 
25-05-2015

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150525-61

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ARROYOMOLINOS

RÉGIMEN ECONÓMICO

61
Impuesto actividades económicas 2015

Don Miguel Barbas Saugar, concejal-delegado de Hacienda, según decreto de delegación 1394/2011, de 13 de junio, en el Ayuntamiento de Arroyomolinos (Madrid).

Hace saber: Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se anuncia la exposición al público en el Departamento de Gestión Tributaria y Recaudación del Ayuntamiento de Arroyomolinos, de los listados de la matrícula de contribuyentes obligados al pago y la matrícula de exentos del impuesto sobre actividades económicas correspondientes al ejercicio 2015, durante el plazo de veinte días naturales, contados a partir de la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Transcurrido el plazo anteriormente citado, y de conformidad con lo establecido en el Real Decreto 243/1995, de 17 de febrero, se podrá interponer recurso potestativo de reposición, ante el jefe de la Dependencia de Gestión de la Agencia Estatal de Administración Tributaria competente, o reclamación económico-administrativa, ante el Tribunal Económico-Administrativo Regional, ambos en el plazo de quince días hábiles, sin que puedan simultanearse ambos recursos. El recurso podrá referirse a la inclusión de un sujeto pasivo en la matrícula, así como a su exclusión o alteración de cualquiera de los datos a que se refiere el apartado 2 de del artículo 1 del mencionado Real Decreto.

En Arroyomolinos, a 17 de abril de 2015.—El concejal-delegado de Hacienda, Miguel Barbas Saugar.

(02/2.668/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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