Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 116

Fecha del Boletín 
18-05-2015

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150518-158

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 14

158
Ejecución 125 de 2013

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Ángeles Charriel Ardebol, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 14 de Madrid.

Hago saber: Que en el proceso de ejecución seguido en dicho Juzgado con el número 125 de 2013, a instancias de doña Leandra Díaz Borrego, contra don José Luis Barriga Brao, sobre resolución de contrato, quedando pendiente de satisfacer un principal por importe de 5.624,66 euros, más 1.124,93 euros calculados provisionalmente para garantizar el pago de intereses y costas, se ha acordado sacar a pública subasta, por un plazo de veinte días, los bienes que con su precio de tasación se enumeran a continuación:

Bienes que se sacan a subasta y valor por el que salen a subasta

Urbana.—Trastero en Alovera (Guadalajara), en la avenida de la Diputación, números 9-11, planta primera, trastero número 29, inscrita en el Registro de la Propiedad número 3 de Guadalajara, con el número 9.155, al tomo 2.125, del libro 127, folio 146, valorada en 3.000,00 euros, y que ha sido embargada a don José Luis Barriga Brao, señalándose para que la subasta tenga lugar en la sede de este Juzgado de lo social número 14 de Madrid, sito en la calle Princesa, número 3, tercera planta, de Madrid, el día 25 de junio de 2015, a las diez horas.

Urbana.—Garaje en Alovera (Guadalajara), en la avenida de la Diputación, números 9-11, planta primera, parking número 29, inscrita en el Registro de la Propiedad número 3 de Guadalajara, con el número 9.106 al tomo 2.125, del libro 127, folio 97, valorada en 9.500,00 euros, y que ha sido embargada a don José Luis Barriga Brao, señalándose para que la subasta tenga lugar en la sede de este Juzgado de lo social número 14 de Madrid, sito en la calle Princesa, número 3, tercera planta, de Madrid, el día 25 de junio de 2015, a las diez horas.

Consta en las actuaciones informe pericial de tasación de fecha 16 de febrero de 2015 que queda puesto de manifiesto en la Secretaría de este Juzgado.

Las fincas aparecen inscritas a favor de don José Luis Barriga Brao, con documento nacional de identidad número 51638018-M, y doña María José Pajuelo Tirado, con documento nacional de identidad número 51646405-C, titulares de pleno dominio de la totalidad de las fincas en régimen de garanciales con carácter ganancial por título de compraventa según certificación del Registro de la Propiedad número 3 de Guadalajara.

Anúnciese por medio de edicto que se fijará con veinte días de antelación en el sitio público de este Juzgado, en el que además de los requisitos establecidos en el artículo 646, párrafo primero, de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, se hará constar lo siguiente:

1.o Que la certificación registral y la titulación de los inmuebles que se subastan están de manifiesto en la Secretaría de este Juzgado, donde pueden consultarse, y los bienes se sacan a subasta sin suplir previamente la falta de títulos de propiedad, estándose a lo prevenido en la regla quinta del artículo 140 del Reglamento para la Ejecución de la Ley Hipotecaria, entendiéndose por el mero hecho de participar en la subasta que los postores aceptan esta situación.

2.o Cargas y gravámenes subsistentes: según certificación del Registro de la Propiedad número 3 de Guadalajara las fincas están libres de cargas.

3.o Que no consta en el proceso si los inmuebles que se subastan se encuentran o no ocupados por personas distintas del ejecutado.

El adquiriente quedará sujeto a lo dispuesto en la Ley de Arrendamientos Urbanos, aceptando, en su caso, el derecho del arrendador a elevar la renta por cesión del contrato.

4.o Condiciones de la subasta:

1. Los licitadores deberán cumplir los siguientes requisitos:

a) Identificarse de forma suficiente.

b) Declarar que conocen las condiciones generales y particulares de la subasta.

c) Presentar resguardo de que han depositado en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado en “Banesto”, número de cuenta 2512/0000/64/0125/13, o de que han presentado aval bancario previamente por el 5 por 100 del valor que se haya dado a los bienes con arreglo a lo establecido en el artículo 666 de esta Ley. El depósito se efectuará conforme a lo dispuesto en el número 3 del apartado 1 del artículo 647 por el 5 por 100 del valor por el que salen a subasta los bienes. Cuando el licitador realice el depósito con las cantidades recibidas en todo o en parte de un tercero se hará constar así en el resguardo a los efectos de lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 652 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil.

5.o Solo la ejecutante podrá hacer postura reservándose la facultad de ceder el remate a un tercero. La misma facultad tendrá la ejecutante en los casos en que se solicite la adjudicación de los bienes embargados con arreglo a lo previsto en esta Ley (artículo 647.3 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).

6.o Desde el anuncio de la subasta hasta su celebración podrán hacerse posturas por escrito en sobre cerrado y con las condiciones expresadas anteriormente.

7.o Cuando la mejor postura sea igual o superior al 70 por 100 del avalúo se aprobará el remate a favor del mejor postor. Si fuere inferior, se estará a lo previsto en el artículo 670 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

8.o En cualquier momento anterior a la aprobación del remate o de la adjudicación al acreedor podrá el deudor liberar sus bienes pagando íntegramente lo que se deba a la ejecutante por principal, intereses y costas (artículo 670.7 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).

9.o La ejecutante solo podrá tomar parte en la subasta cuando existan licitadores, pudiendo mejorar las posturas que se hicieren, sin necesidad de consignar cantidad alguna (artículo 647.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).

10.o Por el mero hecho de participar en la subasta se entenderá que los postores aceptan como suficiente la titulación que consta en autos o que no exista titulación y que aceptan, asimismo, subrogarse en las cargas anteriores al crédito por el que se ejecuta, en caso de que el remate se adjudique a su favor (artículo 669.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).

11.o Si en el acto de la subasta no hubiere ningún postor, podrá el acreedor pedir la adjudicación de los bienes por cantidad igual o superior al 60 por 100 de su valor de tasación. Cuando el acreedor, en el plazo de veinte días, no hiciere uso de esa facultad, la secretaria judicial procederá al alzamiento del embargo a instancias del ejecutado (artículo 671 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).

12.o Que las cargas o gravámenes anteriores, si los hubiere, al crédito del actor continuarán subsistentes, y que por el solo hecho de participar en la subasta el licitador los admite y acepta quedar subrogado en la responsabilidad derivada de aquellos si el remate se adjudicare a su favor.

13.o Si por fuerza mayor o causas ajenas al Juzgado no pudiera celebrarse la subasta en el día y hora señalados, o por error se hubiere señalado un domingo o día festivo, se entenderá que se celebrará al día siguiente hábil, a la misma hora, exceptuando los sábados.

14.o Para cualquier información o consulta los interesados pueden dirigirse al Juzgado, y en lo que conste publicado puede ser objeto de consulta en la Ley y en los autos, considerándose cumplido lo dispuesto en el artículo 646 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, no obstante lo cual se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 186.1 de la Ley de la Jurisdicción Social).

Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.

Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.—Doy fe.

Y para que sirva de notificación a las partes y terceros interesados, expido el presente para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 21 de abril de 2015.—La secretaria judicial (firmado).

(01/1.467/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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