Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 116

Fecha del Boletín 
18-05-2015

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150518-137

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 9

137
Ejecución 53 de 2015

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don Rafael Lozano Terrazas, secretario judicial del Juzgado de lo social número 9 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 53 de 2015 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Juan Manuel Casero Rivero, frente a “Cadrán Talleres, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado la siguiente resolución:

Auto

En Madrid, a 14 de abril de 2015.

Parte dispositiva:

Se declara extinguida la relación laboral que unía a don Juan Manuel Casero Rivero con la empresa “Cadrán Talleres, Sociedad Limitada”, condenando a esta a que abone a aquel la cantidad de 4.779,98 euros en concepto de indemnización y la cantidad de 12.238,30 euros en concepto de salarios devengados desde el despido hasta la presente resolución.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad “Banco Santander”, número de cuenta 2507/0000/64/0053/15.

Así por este su auto lo acuerda, manda y firma el ilustrísimo magistrado-juez de lo social don Arturo Rodríguez Lobato.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Cadrán Talleres, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 16 de abril de 2015.—El secretario judicial (firmado).

(03/12.851/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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