Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 107

Fecha del Boletín 
07-05-2015

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150507-211

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 40

211
Ejecución 119 de 2014

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Mercedes Llopis Lucas, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 40 de Madrid.

Hago saber: Que en el proceso de ejecución seguido en dicho Juzgado con el número 119 de 2014 (autos número 1.031 de 2013), a instancias de don Dionisio Poyato Ruiz, contra don Daniel Jimeno García, sobre despido, se ha acordado sacar a pública subasta, por un plazo de veinte días, los bienes que con su precio de tasación por importe de 109.278 euros se enumeran a continuación:

Cincuenta por cien de la propiedad de la finca en Madrid número 68.762, IDUFIR 28097000200628, sita en la calle del Río Salado, número 7, planta baja, local comercial número 1, con referencia catastral 4810711VK4741B0001, inscrita en el Registro de la Propiedad número 10 de Madrid, al tomo 1.262, libro 1.250, folio 166, alta 3, como propiedad de don Daniel Jimeno García, con carácter ganancial, para responder de la cantidad de 3.444,23 euros de principal, más 1.500 euros provisionalmente calculados para este procedimiento, seguido a instancias de don Dionisio Poyato Ruiz, contra don Daniel Jimeno García.

Bien ganancial: 50 por 100 de la propiedad.

Valor del 50 por 100 de la propiedad: 54.639 euros.

La subasta tendrá lugar en la sede de este Juzgado, calle Princesa, número 3, planta décima, de Madrid, el día 30 de junio de 2015, a las nueve y quince horas.

Condiciones de la subasta

1. Los licitadores deberán cumplir los siguientes requisitos:

1.o Identificarse de forma suficiente.

2.o Declarar que conocen las condiciones generales y particulares de la subasta.

3.o Presentar resguardo de que han depositado en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado en el “Banco Santander”, número 4684/0000/64/0119/14, o de que han prestado aval bancario previamente por el 20 por 100 del valor que se haya dado al bien con arreglo a lo establecido en el artículo 666 de esta Ley. El depósito se efectuará conforme a lo dispuesto en el número 3 del apartado 1 del artículo 647 por el 20 por 100 del valor por el que sale a subasta el bien. Cuando el licitador realice el depósito con las cantidades recibidas en todo o en parte de un tercero se hará constar así en el resguardo a los efectos de lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 652 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil.

2. Solo el ejecutante podrá hacer postura reservándose la facultad de ceder el remate a un tercero.

3. Desde el anuncio de la subasta hasta su celebración podrán hacerse posturas por escrito en sobre cerrado y con las condiciones expresadas anteriormente.

4. Cuando la mejor postura sea igual o superior al 70 por 100 del avalúo, se aprobará el remate a favor del mejor postor. Si fuere inferior, se estará a lo previsto en el artículo 670 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

5. La certificación registral obra en la Secretaría de este Juzgado y el bien se saca a subasta sin suplir previamente la falta de títulos de propiedad, estándose a lo prevenido en la regla quinta del artículo 140 del Reglamento para la ejecución de la Ley Hipotecaria, entendiéndose por el mero hecho de participar en la subasta que los postores aceptan esta titulación.

6. No subsisten cargas y gravámenes.

7. Que no consta en el proceso si el inmueble que se subasta se encuentra o no ocupado por personas distintas del ejecutado.

8. Si por fuerza mayor o causas ajenas al Juzgado no pudiera celebrarse la subasta en el día y hora señalados, o por error se hubiere señalado un domingo o día festivo, se entenderá que se celebrará al día siguiente hábil, a la misma hora, exceptuando los sábados.

Se advierte al destinatario de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a don Daniel Jimeno García, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 8 de abril de 2015.—La secretaria judicial (firmado).

(03/11.888/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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