Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 107

Fecha del Boletín 
07-05-2015

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150507-188

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 27

188
Procedimiento 992 de 2014

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Elisa Cordero Díez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 27 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 992 de 2014 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Axier de Castro Idoyaga, don Fernando Antonio Mato Márquez y doña Rafaela García Barba, frente a “Implantaciones Globales de Tecnología, Sociedad Limitada”, sobre despidos/ceses en general, se ha dictado la siguiente resolución:

Fallo

Que estimando las demandas interpuestas por don Axier de Castro Idoyaga, doña Rafaela García Barba y don Fernando Antonio Mato Márquez, contra “Implantaciones Globales de Tecnología, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, debo declarar y declaro la improcedencia del despido causado a los demandante con efectos de fecha 28 de agosto de 2014, y no siendo posible la readmisión se tiene por hecha la opción por la indemnización, se declara extinguida la relación laboral de los trabajadores con la empresa demandada con efectos de esta resolución, condenando a la empresa al abono de una indemnización en cuantía de:

A don Axier de Castro Idoyaga: 19.666,27 euros.

A doña Rafaela García Barba: 18.956,85 euros.

A don Fernando Antonio Mato Márquez: 26.624,58 euros.

Con absolución del Fondo de Garantía Salarial, sin perjuicio de la responsabilidad legal que proceda.

Se notifica esta sentencia a las partes, con la advertencia de que no es firme y contra ella cabe formular recurso de suplicación al Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el cual deberá anunciarse, ante este Juzgado, dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución, bastando para ello la mera manifestación de la parte o de su abogado.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma la sentencia a la empresa “Implantaciones Globales de Tecnología, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 16 de marzo de 2015.—La secretaria judicial (firmado).

(03/11.937/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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