Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 107

Fecha del Boletín 
07-05-2015

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150507-152

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 15

152
Ejecución 41 de 2015

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Dolores Marín Relanzón, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 15 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 41 de 2015 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Miguel Ángel Urbano Alcón, frente a “Climatal, Sociedad Anónima”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado la siguiente resolución:

Parte dispositiva:

Debo declarar y declaro extinguida la relación laboral existente entre don Miguel Ángel Urbano Alcón y la mercantil “Climatal, Sociedad Anónima”, con efectos desde la fecha de la presente resolución, sustituyendo la obligación de readmisión incumplida por la empresa por la obligación de la misma de abonar al actor una indemnización de 38.197,68 euros (salvo error u omisión).

Asimismo, debo condenar a la citada empresa a abonar al actor en concepto de salarios de tramitación una cantidad igual a la suma de los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido (30 de enero de 2014) hasta la fecha de la presente resolución declarativa de la extinción de la relación laboral a razón de un salario diario de 49,05 euros, sin perjuicio de los descuentos que, en su caso, correspondan en concepto del salario percibido en otro empleo posterior o por períodos de incapacidad temporal.

Todo ello sin perjuicio de la responsabilidad que, en su caso, corresponda al Fondo de Garantía Salarial al amparo de lo dispuesto en el artículo 33 del Estatuto de los Trabajadores.

Notifíquese esta resolución a las partes, advirtiéndoles que contra ella podrán interponer recurso de reposición a presentar, ante este Juzgado, dentro de los tres días hábiles siguientes al de su recepción, cuya sola interposición no se suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda.

Así lo pronuncia, manda y firma doña Sonia López Ramallo, magistrada-juez sustituta del Juzgado de lo social número 15 de Madrid.—Doy fe.

Se advierte al destinatario de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a don Miguel Ángel Urbano Alcón, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 26 de marzo de 2015.—La secretaria judicial (firmado).

(03/11.960/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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