Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 107

Fecha del Boletín 
07-05-2015

Sección 4.50.1.4: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150507-94

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

94
Procedimiento 47 de 2015

SALA DE LO SOCIAL

Sección Primera

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Elena Carrasco Manzanares, secretaria judicial del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (Sección Primera de la Sala de lo social).

Hago saber: Que en recurso de suplicación número 47 de 2015 formalizado por el letrado don Juan Manuel Fernández Otero, en nombre y representación de doña Elena Fernández Huerta, contra la sentencia de fecha 25 de septiembre de 2014 dictada por el Juzgado de lo social número 15 de Madrid, en sus autos número 222 de 2013, seguidos a instancias de la parte recurrente, frente a “Entorno y Vegetación, Sociedad Anónima”, “Pavimentos Ecológicos Terrizos, Sociedad Limitada”, la administración concursal de ambas, “En Musolaudit, Sociedad Limitada Profesional”, “Trabajos Ambientales Valdehierro, Sociedad Limitada”, “UTE Restauración Muralla de Lorca”, “Comunidad de Bienes Pasaje de doña Carlota” (en las personas de sus comuneros don Enrique Burgos Enríquez, doña Beatriz Gallego García, don Andrés Rojo Saiz y doña Rosario Burgos Enríquez), “Viveros Palmaceas del Mediterráneo, Sociedad Anónima”, “Turfpro Equipamientos Espacios Verdes, Ltd.”, “Esportec Ecoindustrial, Sociedad Limitada”, “Micronizados Ecológicos, Sociedad Limitada”, “Certic 2000, Sociedad Limitada”, y “Green Cement, Sociedad Limitada”, y don Enrique Burgos Enríquez, habiendo sido citado el Fondo de Garantía Salarial, en reclamación por despido, siendo magistrado-ponente el ilustrísimo señor don Ignacio Moreno González-Aller, se ha dictado auto número 16 de 2015, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Acordamos decretar la nulidad de las actuaciones instada por “Mirconizados Ecológicos, Sociedad Limitada”, “Certic 2000, Sociedad Limitada”, “Comunidad de Bienes Pasaje de Doña Carlota” y don Enrique Burgos Enríquez, y acordamos la retroacción de las mismas al momento en que se formalizó por parte de la representación de doña Elena Fernández Huerta recurso de suplicación ante el Juzgado de lo social número 15 de Madrid para que el órgano de instancia dé trámite de impugnación en legal forma a cada uno de los codemandados a los que no se dio oportunidad de hacerlo. Sin costas.

Contra esta resolución no cabe recurso alguno.

Notifíquese a las partes.

Se advierte a las destinatarias de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de esta Sección, salvo las que revistan la forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Trabajos Ambientales Valdehierro, Sociedad Limitada”, “Viveros Palmaceas del Mediterráneo, Sociedad Anónima”, “Turfpro Equipamientos Espacios Verdes, Ltd.”, “Esportec Ecoindustrial, Sociedad Limitada”, y “Green Cement, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 9 de abril de 2015.—La secretaria judicial (firmado).

(03/12.271/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.50.1.4: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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