Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 106

Fecha del Boletín 
06-05-2015

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150506-171

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 28

171
Ejecución 78 de 2015

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don Luis Espinosa Navarro, secretario judicial del Juzgado de lo social número 28 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 78 de 2015 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Annarita Palumu, don Kabir Messineo y doña Viola Valleta, frente a “Il Centro Italiano, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado la siguiente resolución:

Auto

En Madrid, a 30 de marzo de 2015.

Parte dispositiva:

Despachar orden general de ejecución de sentencia a favor de la parte ejecutante, don Kabir Messineo, doña Viola Valleta y doña Annarita Palumu, frente a la demandada “Il Centro Italiano, Sociedad Limitada”, parte ejecutada, por un principal de 7.300,84 euros (1.456,18 euros corresponden a doña Annarita Palumu; 2.336,13 euros, a doña Viola Valletta, y 3.508,52 euros, a don Kabir Messineo), más 2.190,25 euros de intereses y costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición ante este Juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, en el que, además de alegar las posibles infracciones en que hubiere incurrido la resolución, podrá deducirse oposición en los términos previstos en el artículo 239.4 de la Ley de la Jurisdicción Social, debiendo el recurrente que no sea trabajador beneficiario del régimen de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad “Banco Santander” número 2526-0000-64-0078-15.

Así, por este su auto, lo acuerda, manda y firma el ilustrísimo señor magistrado-juez de lo social.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Il Centro Italiano, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 30 de marzo de 2015.—El secretario judicial (firmado).

(03/11.700/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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