Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 104

Fecha del Boletín 
04-05-2015

Sección 1.3.50.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150504-14

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA

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ORDEN de 29 de abril de 2015, de la Consejería de Economía y Hacienda, por la que se establecen las condiciones de una emisión de Deuda Pública de la Comunidad de Madrid por un importe de 10.000.000,00 de euros.

El Consejo de Ministros en su reunión de 13 de febrero de 2015 autorizó a la Comunidad de Madrid a formalizar préstamos a largo plazo y emitir deuda pública, hasta un importe máximo de 3.300.187.984,91 euros.

El Gobierno de la Comunidad de Madrid, a propuesta del Consejero de Economía y Hacienda, acordó el 8 de enero de 2015, conforme al artículo 40.1 de la Ley 3/2014, de 22 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2015, la realización de una o varias operaciones financieras a largo plazo hasta un importe máximo de 4.351.077.713,24 euros, dentro del límite de endeudamiento establecido en el artículo 39 de la Ley 3/2014, de 22 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2015.

En virtud del Acuerdo del Consejo de Gobierno citado y dadas las condiciones actuales en el Mercado de Deuda Pública, de acuerdo con la autorización estatal, se considera conveniente que la Comunidad de Madrid proceda a realizar una emisión de deuda pública a un plazo de seis años a tipo de interés fijo. El importe no excede de los límites autorizados por el referido Acuerdo del Consejo de Ministros.

En razón de lo expuesto y de conformidad con las facultades conferidas por el artículo 95 de la Ley 9/1990, de 8 de noviembre, Reguladora de la Hacienda de la Comunidad de Madrid, y por el artículo 40.5 de la citada Ley 3/2014, de 22 de diciembre.

DISPONGO

Primero

Realizar una emisión de Deuda Pública con las siguientes características:

— Importe: 10.000.000,00 de euros.

— Modalidad: Obligaciones.

— Fecha de emisión y desembolso: 6 de mayo de 2015.

— Precio de emisión: 100 por 100 sobre el importe nominal de la emisión, que equivale a 10.000.000,00 de euros.

— Fecha de vencimiento: 6 de mayo de 2021.

— Amortización: Única, al vencimiento y a la par, libre de gastos para el tenedor.

— Representación de las obligaciones: Las obligaciones se representan mediante anotaciones en cuenta registradas a través del Sistema de Registro, Compensación y Liquidación del Mercado de Deuda Pública en Anotaciones, gestionado por la “Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores, Sociedad Anónima” (IBERCLEAR), siendo el importe nominal mínimo de negociación de 1.000,00 euros.

— Negociación de los valores: Mercado de Deuda Pública en Anotaciones.

— Suscripción: El importe total de la emisión se adjudicará a la entidad suscriptora.

— Cupón: 1,025 por 100 nominal anual fijo, base Act/Act pagadero anualmente desde el 6 de mayo de 2016.

Los intereses se calcularán sobre la base Act/Act. Si una fecha de pago de intereses fuera inhábil a efectos del sistema TARGET 2 de pagos europeo, el pago de intereses se diferirá al día hábil inmediatamente posterior, salvo que este cayera dentro del mes siguiente, en cuyo caso se producirá el inmediato día hábil anterior, sin que el tenedor de las obligaciones tenga derecho a percibir intereses adicionales por dicho diferimiento.

— Otras condiciones: De acuerdo con la normativa aplicable a las Comunidades Autónomas, la presente emisión disfrutará de los mismos beneficios y condiciones que la Deuda Pública del Estado.

Segundo

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 16 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se delega en el Director General de Economía y Política Financiera, la firma del contrato de suscripción de la emisión.

Tercero

La presente Orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 29 de abril de 2015.

El Consejero de Economía y Hacienda, ENRIQUE OSSORIO CRESPO

(03/13.451/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.50.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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