Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 95

Fecha del Boletín 
23-04-2015

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150423-56

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE VILLALBILLA

URBANISMO

56
Reparcelación Unidad de Ejecución

De conformidad con lo establecido en el artículo 111.1, que remite al 108.1 del Reglamento de Gestión Urbanística para el desarrollo y aplicación de la Ley sobre Régimen del Suelo y Ordenación Urbana, aprobado por Real Decreto 3288/1978, de 25 de agosto, se anuncia la aprobación definitiva del expediente de reparcelación de la Unidad de Ejecución número 3, que se ha tramitado por este Ayuntamiento.

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer recurso de reposición ante el alcalde-presidente del Ayuntamiento en el plazo de un mes, a contar desde la recepción de la presente notificación; o, directamente, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Madrid o, en su caso, y a su elección, ante el de igual clase de la demarcación de su domicilio, en el plazo de dos meses, contados ambos desde el día siguiente al de esta notificación, sin perjuicio de que pueda interponer cualquier otro que estime procedente, de conformidad con la legislación vigente. Si transcurriere un mes desde la interposición del recurso de reposición sin haberse resuelto este, podrá considerar el mismo desestimado e interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de los seis meses siguientes ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Madrid o, en su caso, y a su elección, ante el de igual clase de la demarcación de su domicilio. Contra la resolución expresa del recurso de reposición puede también interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, a contar a partir del día siguiente del recibo de la presente notificación, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Madrid o, en su caso, y a su elección, ante el de igual clase de la demarcación de su domicilio o cualquier otro recurso que estime procedente o conveniente.

En Villalbilla, a 10 de abril de 2015.—El secretario general, Alfredo Carrero Santamaría.

(03/12.130/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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