Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
22-04-2015

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150422-130

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 12

130
Ejecución 174 de 2001

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Montserrat Torrente Muñoz, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 12 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 174 de 2001 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Francisco Alonso García, frente a don Carlos del Mazo Bonilla, don Lucio del Mazo Bonilla y don Miguel Ángel Bonilla Castañeda, sobre ejecución forzosa, se ha dictado la siguiente resolución:

Decreto

En Madrid, a 20 de marzo de 2015.

Fundamentos jurídicos:

Primero.—Como establecen los artículos 215.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil y 267.5 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, los secretarios judiciales no podrán variar los decretos que dictan después de firmados, pero sí, de oficio o a petición de parte, suplir la omisión manifiesta de pronunciamientos relativos a pretensiones oportunamente deducidas y sustanciadas en el proceso pero sin modificar ni rectificar lo que hubiere acordado. En tal caso, se podrá subsanar de oficio o solicitar la subsanación dentro de los cinco días hábiles siguientes al de la notificación de la resolución, previo traslado de dicha solicitud a las demás partes para alegaciones escritas por otros cinco días.

Segundo.—En el presente caso, la cifra a la que ascienden los intereses según la liquidación que obra en autos es la de 1.177,48 y no la que por error aparece en la resolución.

Parte dispositiva:

Se acuerda subsanar el decreto de 17 de marzo de 2015, consistente en corregir la cifra de los intereses en la cantidad de 1.177,48 euros.

Se aprueba la liquidación de intereses practicada por la suma de 1.177,48 euros, a cuyo pago resulta condenada la parte demandada en las presentes actuaciones.

Póngase a disposición la cantidad de 732,75 euros a cuenta de liquidación de intereses practicada, librándose al efecto los oportunos mandamientos a favor de don Francisco Alonso García.

Requiérase a la parte ejecutada para que, en el plazo de ocho días, ingrese en la cuenta de este Juzgado número 2510-0000-64-0174-01 abierta en el “Banco Santander” la cantidad de 444,73 euros en concepto de resto de liquidación de intereses, con apercibimiento de que si no lo verifica se procederá por la vía de apremio.

Notifíquese esta resolución a las partes.

Contra esta resolución no cabe interponer recurso alguno, sin perjuicio de los recursos que procedan, en su caso, contra la resolución a la que se refiere la aclaración, cuyos plazos comenzarán a computarse el día siguiente a la notificación de este decreto.

Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.

Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 50 de la LRJS. Doy fe.

Se advierte al destinatario de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a don Miguel Ángel Bonilla Castañeda, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 20 de marzo de 2015.—La secretaria judicial, Montserrat Torrente Muñoz.

(03/10.242/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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