Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
22-04-2015

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150422-133

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 16

133
Ejecución 297 de 2014

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Ana Correchel Calvo, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 16 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 297 de 2014 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Julio Penalva Muñoz y doña María del Carmen Martínez Pérez, frente a “Prale, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado la siguiente resolución:

Se acuerda:

a) El embargo del bien inmueble que se describe: finca número 17.425, local comercial, situado en planta sótano, transformado, en este caso, en planta baja, como consecuencia del desnivel existente entre el punto más alto y más bajo de la finca a nivel de la calle, en la avenida de Menéndez Pelayo, número 101. Se denomina local comercial número 6. Referencia catastral: 25331 10VK4723D0004HW, inscrito al tomo 2034, libro 1949, folio 97, inscripción sexta, como propiedad de “Prale, Sociedad Limitada”, para responder de la cantidad de 9.881.54 euros, provisionalmente calculados para este procedimiento, seguido a instancias de don Julio Penalva Muñoz y doña María del Carmen Martínez Pérez, contra “Prale, Sociedad Limitada”.

b) Librar mandamiento por duplicado al Registro de la Propiedad para que practique anotación preventiva de dicho embargo, expida certificación de haberlo hecho, de la titularidad de los bienes y, en su caso, de sus cargas y gravámenes y comunique a este órgano judicial la existencia de ulteriores asientos que pudieran afectar al embargo anotado y remitir, asimismo, mandamiento por fax al Registro de la Propiedad a fin de que extienda el correspondiente asiento de presentación.

c) Requerir a la ejecutada para que, dentro de los diez días siguientes a la notificación de esta resolución, cumpla los requerimientos indicados en el segundo fundamento jurídico del presente decreto.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición ante este Juzgado; no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 186.1 de la Ley de la Jurisdicción Social).

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Prale, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 16 de marzo de 2015.—La secretaria judicial (firmado).

(03/10.349/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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