Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 93

Fecha del Boletín 
21-04-2015

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150421-294

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE SEVILLA NÚMERO 1

294
Ejecución 70 de 2015

EDICTO

El secretario judicial del Juzgado de lo social número 1 de Sevilla.

Hace saber: Que en este Juzgado se sigue la ejecución número 70 de 2015, sobre ejecución de títulos judiciales, a instancias de doña Isabel Herrera Segura, contra “Multilíneas de Lavado”, “Multicleaner Lavandería” y “Seco y Agua de Madrid, Sociedad Limitada”, en la que con fechas 18 y 25 de marzo de 2015 se han dictado auto y diligencia de ordenación, cuyo encabezamiento y parte dispositiva de la primera resolución referida son del tenor literal siguiente:

Auto

En Sevilla, a 18 de marzo de 2015.—Dada cuenta; y...

Parte dispositiva:

Su señoría ilustrísima acuerda: Despachar ejecución por la vía de incidente de no readmisión a favor de doña Isabel Herrera Segura, contra “Multilíneas de Lavado”, “Multicleaner Lavandería” y “Seco y Agua de Madrid, Sociedad Limitada”.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma podrán interponerse recurso de reposición en el plazo de tres días, ante este Juzgado, en los términos referidos en el fundamento cuarto de esta resolución, y sin perjuicio de su efectividad.

Para la admisión del recurso deberá efectuarse constitución de depósito en cuantía de 25 euros, debiendo ingresarlo en la “Cuenta de consignaciones” de este Juzgado abierta en la entidad “Banco Santander”, sucursal de la calle José Recuerda Rubio, número 4, de Sevilla, cuenta número 4020/0000/64/0070/15, utilizando para ello el modelo oficial, indicando en el campo “Concepto” que se trata de un “Recurso”, seguido del código “30 Social-Reposición”, de conformidad con lo establecido en la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica 6/1985, del Poder Judicial, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en la misma, sin cuyos requisitos no se admitirá a trámite el recurso, y todo ello conforme a lo dispuesto en los artículos 451, 452 y concordantes de la Ley de Enjuiciamiento Civil y la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

Si el ingreso se efectuare por transferencia bancaria habrá de hacerse en la cuenta del “Banco Santander”, número IBAN ES5500493569920005001274 (en formato electrónico) o número IBAN ES55/0049/3569/92/0005001274 (en formato papel), indicando el “Beneficiario” Juzgado de lo social número 1 de Sevilla, y en “Concepto” se consignarán, en un solo bloque y este separado por espacios de todo lo demás que se ponga en el campo, los dieciséis dígitos (antes expresados) de la cuenta que componen la cuenta-expediente judicial.

Así por este auto lo acuerda, manda y firma el ilustrísimo señor don Pablo Surroca Casas, magistrado-juez accidental del Juzgado de lo social número 1 de Sevilla.—Doy fe.

Diligencia de ordenación del secretario judicial, don Reynaldo Carlos Carmona Argüelles.—En Sevilla, a 25 de marzo de 2015.

Se acuerda citar a las partes a comparecencia, para cuya celebración se señala el día 16 de junio de 2015, a las nueve y quince horas, en la Sala de audiencias de este Juzgado, citándoles para dicho acto mediante la notificación de esta diligencia de ordenación, con la prevención de que al mismo deberán concurrir con las pruebas de que intenten valerse y que la incomparecencia injustificada de cualquiera de los citados no causará su suspensión.

Asimismo, se le hace saber a las partes que deberán comparecer para acreditación de las partes en la Secretaría de este Juzgado, sita en la quinta planta, a las nueve horas.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación, con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.

Lo acuerda y firma.—Doy fe.

Diligencia.—Seguidamente se cumple lo mandado.—Doy fe.

Y para que sirva de notificación en forma a “Multicleaner Lavandería” y “Seco y Agua de Madrid, Sociedad Limitada”, cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, libro el presente edicto que se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con la prevención de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de autos o sentencias o se trate de emplazamientos y todas aquellas otras para las que la Ley expresamente disponga otra cosa.

En Sevilla.—El secretario judicial (firmado).

(03/10.828/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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