Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 92

Fecha del Boletín 
20-04-2015

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150420-115

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 3

115
Procedimiento ordinario 128 de 2014

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don Ismael Pérez Martínez, secretario judicial del Juzgado de lo social número 3 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 128 de 2014 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Juan Antonio Bravo Sierra, frente a “Alancusa, Sociedad Limitada”, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Diligencia.—En Madrid, a 20 de mayo de 2014.

La extiendo yo, el secretario judicial, para hacer constar que con esta fecha ha tenido entrada el anterior escrito que se une a los autos de su razón y copia.—Doy fe.

Providencia de la ilustrísima señora doña Mercedes Gómez Ferreras.—En Madrid, a 20 de mayo de 2014.

Dada cuenta; el escrito presentado, únase al procedimiento de su razón, a la vista de lo que don Juan Antonio Bravo Sierra, en representación del demandante, solicita no ha lugar a la acumulación al no ser un supuesto de los establecidos en el artículo 26.2 del Estatuto de los Trabajadores.

En relación a la petición de diferencias salariales reclamadas, sin perjuicio de esto, se adelanta este pleito al 27 de abril de 2015, a las diez y treinta horas de su mañana.

Notifíquese esta resolución.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición ante este Juzgado, dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad “Banco Santander”, número de cuenta 2501-0000-60-0128-14.

Lo manda y firma su señoría, la magistrada-juez.

Diligencia.—Seguidamente, se cumple lo acordado y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Alancusa, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 9 de abril de 2015.—El secretario judicial (firmado).

(03/11.896/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150420-115