Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 91

Fecha del Boletín 
18-04-2015

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150418-52

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE BILBAO NÚMERO 2

52
Ejecución 200 de 2014

EDICTO

Doña Inés Alvarado Fernández, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 2 de Bilbao.

Hago saber: Que en los autos de pieza de ejecución número 200 de 2014 de este Juzgado de lo social, seguidos a instancias de doña Estrella Bartolomé García, contra “Abián Multiservicios, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado el decreto número 180 de 2015, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Parte dispositiva:

A los efectos de las presentes actuaciones (demanda 1.566 de 2013, ejecución número 200 de 2014), y para el pago de 9.990,48 euros de principal y 2.000,00 euros de intereses y calculados para costas, se declara insolvente, por ahora, a la deudora “Abián Multiservicios, Sociedad Limitada”, sin perjuicio de que pudieran encontrársele nuevos bienes que permitieran hacer efectiva la deuda aún pendiente de pago.

Firme la declaración de insolvencia, hágase constar en el registro correspondiente (artículo 276.5 de la Ley de la Jurisdicción Social), y archívense provisionalmente las actuaciones.

Notifíquese esta resolución a las partes y al Fondo de Garantía Salarial.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo cuando se trate de auto, sentencia decreto, que ponga fin al proceso o resuelva incidentes, o emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación a “Abián Multiservicios, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Bilbao (Bizkaia), a 6 de marzo de 2015.—La secretaria judicial (firmado).

(03/9.522/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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