Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 86

Fecha del Boletín 
13-04-2015

Sección 3.10.20G: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150413-77

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE GALAPAGAR

OTROS ANUNCIOS

77
Notificación sanción

Intentadas sin efecto y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, se hacen públicas las notificaciones que a continuación se relacionan, dictadas por la autoridad competente (decreto de Alcaldía 1318/2014, de 15 de abril) o, en el caso de propuestas de resolución, por la instructora de la Unidad de Sanciones, María Eugenia Pérez de la Cruz. El importe de la sanción deberá hacerse efectivo en cualquier oficina de “Caja Madrid” (CCC número 2038-2239-09-6000469583), indicando expediente.

Obra en la sede de este Ayuntamiento el expediente administrativo al objeto de que pueda acceder al mismo y retirar copia de la documentación que estime oportuna (Unidad de Sanciones).

RELACIÓN 1

Providencia de incoación

APELLIDOS, NOMBRE.–D.N.I.–EXPEDIENTE

BOUTAKROURT, ABDERRAHMAN.–X3665484.–SC76-14.

CASTRO CAMACHO, M.–06234435.–CV 01-15.

CASTRO CAMACHO, M.–06234435.–SC 01-15.

CASTRO CAMACHO, M.–06234435.–SP 160-14.

DIMITROV VALCHOVSKI, A.–X4205976.–SP 158.

EL ARNOUKI, ANOUVAR.–X8293131.–SP 55-14.

ESTEBAN BARROS, M.–50804751.–SP 137-14.

GONZALEZ SERRANO PEINADO, I.–53623011.–SP 114-14.

JAVEL PICTURES SL.–B85474575.–EP 02-14.

MARTINEZ BENAVENTE, P.–54023557.–SP 57-14.

PEREZ LUQUE, A.J.–04858998.–SC 38-14.

Contra estas providencias puede formular alegaciones o proponer pruebas en el plazo de quince días a partir de la presente notificación, no efectuadas alegaciones en el plazo indicado, estas providencias podrán ser consideradas propuesta de resolución con los efectos previstos en el artículo 12 del Reglamento del Procedimiento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora de la Comunidad de Madrid (245/2000).

RELACIÓN 2

Resolución sancionadora

APELLIDOS, NOMBRE.–D.N.I.–EXPEDIENTE

AKABBAL ABDESLAM.–P 668304.–SP 16-14.

ANTUÑA PRESA, E.–32866605.–MA 24-14.

AZGHAY, KHALIA.–X6516260.–SC 229-13.

BENSADDIK, YOUSSEF.–X4404342.–SC 223-13.

BLIDA, MOHAMED.–X2404758.–SC 115-13.

BLIDA, MOHAMED.–X2404758.–SC 47-14.

CASTRO CAMACHO, M.–06234435.–SP 134-14.

CASTRO NUGRA, C.J.–53989347.–CV 28-14.

CASTRO NUGRA, G.–53989107.–SP 26-14.

CASTRO NUGRA, G.–53989107.–SP 27-14.–.

CASTRO NUGRA, G.–53989107.–SP 28-14.

CASTRO NUGRA, G-53989107.–SP 29-14.

CLEVES HOYOS, C.F.–X8766256.–SC 71-14.

CLEVES HOYOS, C.F.–X8766256.–SP 264-13.

DIEGO COZAS, I.–54441952.–SC 231-13.

GAVRYLCHUK, D.–Y2224987.–SP 109-14.

GILDARDO ZAPATA, J.–50649922.–EP 07-14.

GONZALEZ RODRIGUEZ, I.–01812714.–SP 245-13.

HERRERO SELMO, J.N.–11872234.–SC 65-14.

KSEIBI SANTANDER, A.–53386065.–SC 19-14.

LEON-ROBUSTER GARCIA, A.–07813088.–SP 79-14.

MAGDALENO JAEN, F.J.–70422896.–SP 267-13.

MARTIN GRECIANO, G.–50765822.–MA 19-14.

MARTIN GRECIANO, G.–50765822.–MA 20-14.

MARTIN GRECIANO, G.–50765822.–SP 105-14.

MARTIN GRECIANO, G.–50765822.–SP 150-14.

MARTINEZ BENAVENTE, P.–54023557.–SP 217-13.

MENENDEZ PADILLA, F.B.–X6854138.–SP268-13 .

ORTIZ MARTIN, L.–53813310.–SP 104-14.

PEIGNEUX VIA, R.J.–00671702.–SP 141-14.

PELAEZ GARCIA, C.A.–X7057983.–CV 24-14.

PELAEZ GARCIA, C.A.–X7057983.–SC 17-14.

PEREZ DE LA TORRE, P.–47282096.–SP 118-14.

PEYROMER COITIÑO, W.E.–X6546323.–SP 205-13.

PIGNATELLI MALDONADO, J.C.–00114513.–SC 79-14.

RONCAL CAMACHO, R.–X7908386.–SP 84-14.

RUIZ CUESTA, J.J.–51187280.–SP 124-14.

SANCHEZ SANCHEZ, L.J.–70419777.–SP 95-14.

VASQUEZ BERMEO, C.–53997627.–CV 30-14.

VASQUEZ BERMEO, C.–53997627.–MA 15-14.

VASQUEZ BERMEO, C.–53997627.–SC 25-14.

VAZQUEZ RODRIGUEZ, E.–34936682.–SP 65-13.

ZIMRANI, ABDELMAJID.–X2218033.–SP 273-13.

Contra estas resoluciones (relación 2) podrá interponerse recurso de reposición, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre. Podrá interponerse directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso en el plazo de dos meses, a partir de la fecha siguiente al de la notificación.

El importe de la sanción se hará efectivo dentro de los quince días siguientes a la firmeza de la resolución, de no hacerlo, se procederá a su recaudación por vía de apremio con los recargos e intereses legales correspondientes.

Galapagar, a 18 de febrero de 2015.—El alcalde-presidente, Daniel Pérez Muñoz.

(02/1.130/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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