Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 84

Fecha del Boletín 
10-04-2015

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150410-67

Páginas: 6


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

OTROS ANUNCIOS

Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad

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Notificación tratamiento de vehículos

ANUNCIO 001/2015. EMPRESA MUNICIPAL DE TRANSPORTES DE MADRID, S. A.

Resolución de 17 de marzo de 2015, de la Secretaría General Técnica del Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad, por la que se dispone la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID del siguiente anuncio:

Habiéndose intentado en dos ocasiones la notificación individual a los titulares de los vehículos que se indican a continuación, sin que haya sido posible practicarla, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5, 60.2 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se procede a notificar mediante edicto el contenido de los siguientes actos:

Actos: resoluciones del director general de Gestión y Vigilancia de la Circulación, por las que se ordena el traslado a un centro autorizado de tratamiento de vehículos para su posterior destrucción y descontaminación de los vehículos que se indican.









De conformidad con el citado artículo 61, en evitación de cualquier posible lesión que de la publicación íntegra de la citada resolución pudiera derivarse para los derechos e intereses legítimos de los interesados, se significa que el texto íntegro del acto que se notifica se encuentra a su disposición, previa acreditación de su identidad o de la representación conferida mediante cualquier medio válido de los admitidos por nuestro ordenamiento jurídico, durante el plazo de un mes a contar a partir del día siguiente al de la publicación del presente anuncio, en las dependencias de “Empresa Municipal de Transportes de Madrid, Sociedad Anónima” (calle Cerro de la Plata, número 4, 28007 Madrid), en el horario comprendido entre las nueve y las catorce, de lunes a viernes.

Contra las expresadas resoluciones, que ponen fin a la vía administrativa, se podrán interponer los recursos que se indican a continuación:

I. Recurso de reposición potestativo, previo al contencioso-administrativo, ante el director general de Gestión y Vigilancia de la Circulación, en el plazo de un mes contando desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con lo dispuesto en artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (LRJPAC).

II. Recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio (artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).

III. Todo ello sin perjuicio de que el interesado utilice cualquier otro recurso que estime procedente (artículo 58.2 LRJPAC).

Los datos personales recogidos serán incorporados y tratados en el fichero “Achatarramiento”, con la finalidad del tratamiento residual de los vehículos según normativa vigente, y podrán ser cedidos de conformidad con lo previsto en el artículo 11 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD).

El órgano responsable del fichero es “Empresa Municipal de Transportes de Madrid, Sociedad Anónima” (calle Cerro de la Plata, número 4, 28007 Madrid), ante la que la persona interesada podrá ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, todo lo cual se informa en cumplimiento del artículo 5 de la LOPD.

Madrid, a 17 de marzo de 2015.—La secretaria general técnica del Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad, Adoración Muñoz Merchante.

(02/1.836/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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