Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 84

Fecha del Boletín 
10-04-2015

Sección 1.4.50.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150410-26

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

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CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA

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RESOLUCIÓN de 20 de febrero de 2015, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se prorroga la autorización de modelo para su uso e instalación en la red de los transformadores de medida de intensidad modelo EXK-CTO, LK/LG/F y ELK-CTO L/F y transformadores de medida de tensión modelo VT10, 1, 2 y 4 a la empresa “Asea Brown Boveri, Sociedad Anónima”.

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero

Por Resolución de 2 de marzo de 2012, de la Dirección General de Industria Energía y Minas, se concede una prórroga de la autorización de modelo para su uso e instalación en la red de los transformadores de medida de intensidad modelo EXK-CTO LK/LG/F y ELK-CTO L/F y transformadores de medida de tensión modelo VT0, 1, 2 y 4 concedida a la empresa “Asea Brown Boveri, Sociedad Anónima”.

Segundo

En dicha Resolución se establece que esta prórroga de la autorización se otorga por un plazo de validez de tres años, renovables sucesivamente previa solicitud presentada por el titular de la misma tres meses antes de la fecha de vencimiento.

Tercero

En fecha 23 de diciembre de 2014, la empresa “Asea Brown Boveri, Sociedad Anónima”, presenta en el registro de entrada de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, solicitud de prórroga de la autorización de modelo para su uso e instalación en la red de los transformadores de medida de intensidad modelo EXK-CTO LK/LG/F y ELK-CTO L/F y transformadores de medida de tensión modelo VT0, 1, 2 y 4, al no haberse producido ningún cambio en el modelo.

Cuarto

Completada la documentación inicialmente presentada, y examinada la misma, se comprueba que dicha entidad cumple los requisitos reglamentariamente establecidos.

Quinto

Esta Dirección General de Industria, Energía y Minas estima que en la tramitación del expediente se han cumplimentado todos los trámites reglamentarios.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero

La competencia de esta Dirección General de Industria, Energía y Minas para resolver sobre la cuestión planteada viene determinada por la Ley Orgánica 3/1983, de 25 de febrero, de Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid, reformado por las Leyes Orgánicas 10/1994, de 24 de marzo, y 5/1998, de 7 de julio, y el Decreto 22/2014, de 20 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía y Hacienda, modificado por el Decreto 116/2014, de 9 de octubre.

Segundo

El Real Decreto 1110/2007, de 24 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento unificado de puntos de medida del sistema eléctrico, establece, en su artículo 8.2, que los transformadores requerirán autorización de modelo para su uso o instalación en la red por la Administración competente, exigiéndose fundamentalmente certificado de ensayos, de conformidad del aparato con la norma UNE establecida que, en este caso, son las normas UNE-EN 60044-1 y UNE-EN 60044-2.

Tercero

Del examen de la documentación que obra en el expediente se desprende que se ha seguido el procedimiento y cumplido los requisitos determinados en la normativa citada anteriormente.

Vistos los preceptos legales citados y demás legislación que le fuera de aplicación, esta Dirección General de Industria, Energía y Minas, en uso de sus atribuciones,

RESUELVE

Primero

Conceder una prórroga de la autorización de modelo para su uso e instalación en la red de los transformadores de medida de intensidad modelo EXK-CTO LK/LG/F y ELK-CTO L/F y transformadores de medida de tensión modelo VT0, 1, 2 y 4 a la empresa “Asea Brown Boveri, Sociedad Anónima”, por un período de tres años, renovables sucesivamente previa solicitud presentada por el titular de la misma tres meses antes de la fecha de vencimiento.

Segundo

Dicha autorización de modelo para su uso e instalación en la red continuará estando sometida a todos los condicionamientos establecidos en la Resolución de la autorización inicial.

Tercero

La presente Resolución producirá efectos y será exigible desde el día 2 de marzo de 2015.

Contra esta Resolución podrá interponer recurso de alzada en el plazo de un mes, a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la notificación, ante el excelentísimo señor Consejero de Economía y Hacienda de la Comunidad de Madrid, de conformidad con el artículo 114 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Madrid, a 20 de febrero de 2015.—El Director General de Industria, Energía y Minas, Carlos López Jimeno.

(02/1.790/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.50.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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