Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 83

Fecha del Boletín 
09-04-2015

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150409-81

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 10

81
Juicio verbal 1.859 de 2012

EDICTO

En los autos procedimiento de juicio verbal (250.2) número 1.859 de 2012 se ha dictado resolución, cuyo texto literal es el siguiente:

Sentencia número 53 de 2015

En Madrid, a 3 de marzo de 2015.—Doña María Dolores Fernández Alcalde, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 10 de Madrid, habiendo visto los presentes autos de juicio verbal número 1.859 de 2012, seguidos ante este Juzgado entre las siguientes partes: como demandante, doña María Luz Figueroa Lalinde, con procuradora doña Mercedes Romero González y letrada doña María Luz Figueroa Lalinde, y como demandadas, doña Neira Peña, doña Soledad Neira Peña y doña Trinidad Neira Peña, con procuradora doña María del Pilar Arnaiz Granda; doña Esther Neira Berrocal, con procurador don Ángel Martín Gutiérrez y letrado don Ildefonso Ramiro Valderrama, y doña Milagros Neira Peña, en situación procesal de rebeldía, sobre reclamación de cantidad por honorarios de contador partidor, y el siguiente

Fallo

Estimando la demanda formulada por la procuradora doña Mercedes Romero González, en nombre y representación de doña María Luz Figueroa Lalinde, contra doña Rosa Neira Peña, doña Soledad Neira Peña, doña Trinidad Neira Peña, doña Esther Neira Berrocal y doña Milagros Neira Peña, condeno a las demandadas doña Rosa Neira Peña, doña Soledad Neira Peña, doña Trinidad Neira Peña y doña Milagros Neira Peña a abonar a la parte actora la suma de 571,51 euros cada una de ellas, más el impuesto sobre el valor añadido correspondiente del 21 por 100 en la actualidad y los intereses legales desde la fecha de reclamación judicial de la deuda (26 de junio de 2007) hasta su pago, y condeno a la demandada doña Esther Neira Berrocal, en caso de falta de pago, al primer requerimiento de las demás condenadas, a abonar su deuda a cuenta de sus derechos en la herencia de don José Antonio Neira Cano, con condena a la parte demandada en las costas del procedimiento.

Notifíquese la presente resolución a las partes, poniendo en su conocimiento que consta la misma no cabe recurso alguno conforme a lo previsto en el artículo 455.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Así lo acuerda, manda y firma la ilustrísima señora doña María Dolores Fernández Alcalde, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 10 de Madrid, de lo que doy fe.

Publicación

Leída y publicada fue la anterior sentencia por la magistrada-juez que la suscribe estando celebrando audiencia pública en el mismo día de su fecha, de lo que yo, el secretario, doy fe.

Y para que sirva de notificación a doña Milagros Neira Peña, con domicilio desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma a la misma.

Madrid, a 17 de marzo de 2015.—El secretario (firmado).

(02/1.966/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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