Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 74

Fecha del Boletín 
28-03-2015

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150328-78

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 32

78
Procedimiento 371 de 2014

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Luisa Álvarez Castillo, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 32 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 371 de 2014 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Carlos Fontecha García, frente a “IPS Spain, Sociedad Anónima”, sobre despidos/ceses en general, se ha dictado la siguiente resolución:

Sentencia número 269 de 2014

En Madrid, a 26 de junio de 2014.—Doña María Luisa Gil Meana, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 32 de Madrid, tras haber visto los presentes autos sobre despido y cantidad, entre partes: de una, y como demandante, don Carlos Fontecha García, que comparece asistido de don Fernando Veiga Conde, con número de colegiado 11.753, y de otra, como demandada, “IPS Spain, Sociedad Anónima”, representada por don Reda Juan Sánchez Chatar y asistida de don Enrique José Fernández León, con número de colegiado 78.607, en nombre del Rey ha dictado la siguiente sentencia.

Vistos los preceptos citados y demás de general y pertinente aplicación,

Fallo

Que con estimación de la demanda de despido presentada por don Carlos Fontecha García, contra “IPS Spain, Sociedad Anónima”, debo declarar y declaro el mismo improcedente, y debo condenar y condeno a la parte demandada a abonar al actor en concepto de indemnización 2.260,23 euros, y con estimación parcial de la demanda por cantidad entre ambas partes litigantes debo condenar y condeno a la empresa demandada a abonar al actor la cantidad de 1.982,85 euros por los conceptos de la demanda, más 198,28 euros de interés por mora.

Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiendo que contra ella podrán interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia, que deberá ser anunciado por comparecencia o mediante escrito en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta sentencia o por simple manifestación en el momento en que se le practique la notificación. Adviértase igualmente al recurrente que no fuera trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social o causahabiente suyo, o no tenga reconocido el beneficio de justicia gratuita, que deberá depositar la cantidad de 300 euros en la cuenta abierta en el “Banco Santander”, calle Princesa, número 3, a nombre de este Juzgado con el número 2805, acreditando mediante la presentación del justificante de ingreso en el período comprendido hasta la formalización del recurso, así como en el caso de haber sido condenado en sentencia al pago de alguna cantidad consignar en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” abierta en “Banesto”, calle Princesa, número 3, a nombre de este Juzgado con el número 2805, la cantidad objeto de condena o formalizar aval bancario por dicha cantidad en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista, incorporándolos a este Juzgado con el anuncio de recurso. En todo caso, el recurrente deberá designar letrado para la tramitación del recurso al momento de anunciarlo.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación

Leída y publicada fue la anterior sentencia en el día de su fecha por la ilustrísima magistrada-juez de lo social doña María Luisa Gil Meana que la suscribe, en la Sala de audiencias de este Juzgado.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “IPS Spain, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 20 de febrero de 2015.—La secretaria judicial (firmado).

(03/7.281/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150328-78