Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 69

Fecha del Boletín 
23-03-2015

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150323-90

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ALCALÁ DE HENARES

RÉGIMEN ECONÓMICO

90
Expedientes sancionadores

De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 59.5, 60.2 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (LRJPAC), habiendo sido intentada en dos ocasiones la notificación individual de las resoluciones, por infracciones a la ordenanza municipal de limpieza viaria y residuos urbanos de Alcalá de Henares, del concejal delegado de Seguridad Ciudadana, Tráfico y Movilidad, Medio Ambiente y Aguas, se procede a notificar mediante edicto el extracto del contenido de los actos que se relacionan en los anexos I y II.

De conformidad con el artículo 61 de la citada LRJPAC, en evitación de cualquier posible lesión que de la publicación íntegra pudiera derivarse para los derechos e intereses legítimos del interesado, se comunica que las personas que se relacionan a continuación habrán de personarse, previa acreditación de su identidad o de la representación conferida mediante cualquier medio válido de los admitidos en nuestro ordenamiento jurídico, en el plazo de quince días, a partir del día siguiente a la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en las dependencias administrativas del Departamento Jurídico Administrativo de Seguridad Ciudadana del Ayuntamiento de Alcalá de Henares, situado en la Junta Municipal de Distrito número IV, en la calle Octavio Paz, número 15, Alcalá de Henares, en horario de nueve a catorce horas, de lunes a viernes excepto festivos, al objeto de conocer el contenido íntegro del acto y dejar constancia del mismo. En caso de no comparencia en el plazo previsto, la notificación de la resolución surtirá todos los efectos legales a partir del día siguiente a su vencimiento.



Los interesados podrán, durante el plazo de quince días, a partir del siguiente al de la publicación del presente anuncio: 1) presentar alegaciones, mediante escrito que podrán presentar en cualquiera de las formas previstas en el artículo 38 de la LRJPAC, y de no hacerlo, el acuerdo de iniciación podrá considerarse propuesta de resolución; 2) reconocer voluntariamente su responsabilidad, resolviéndose sin más trámite.



Contra las expresadas resoluciones, que ponen fin a la vía administrativa, podrá el interesado interponer recurso potestativo de reposición ante la Junta de Gobierno Local en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al que reciba esta notificación, de conformidad a lo establecido en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o bien, podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la notificación de dicha resolución, si fuera expresa; en caso contrario, el plazo será de seis meses, todo ello de conformidad con lo dispuesto en los artículos 8 y 46 de la Ley 28/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Todo ello sin perjuicio de que el interesado pueda ejercitar cualquier acción que estime pertinente.

El importe de las sanciones podrá hacerse efectivo mediante abonaré que podrá retirar en la Concejalía de Hacienda, Departamento de Tasas, sito en la plaza Cervantes, número 4, de Alcalá de Henares.

Alcalá de Henares, a 12 de marzo de 2015.—El titular del Órgano de Apoyo a la Junta de Gobierno Local, PD, el TAG de Seguridad Ciudadana y Movilidad Urbana, José Luis de la Fuente de Pedro.

(02/1.354/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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